Corte de Apelaciones acoge recurso del INDH y ordena solución definitiva para Escuela Ann Sullivan de Valdivia

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En su fallo el tribunal establece que mantener por más de tres años una solución provisoria vulnera los derechos de estudiantes con discapacidad y ordena elaborar un plan integral de reconstrucción o reubicación.

La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección interpuesto por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en favor de las y los estudiantes de la Escuela Diferencial Ann Sullivan, ordenando al Servicio Local de Educación Pública (SLEP) de Valdivia elaborar, en un plazo de 90 días, un plan integral, formal y verificable que permita resolver de manera definitiva la situación del establecimiento, incorporando un cronograma de reconstrucción o reubicación, financiamiento, responsables y presupuesto, todo ello con enfoque de accesibilidad y adecuación razonable para estudiantes con discapacidad visual y múltiple.

El caso se originó porque la Escuela Ann Sullivan, único establecimiento especializado para estudiantes con discapacidad visual desde Concepción al sur del país, fue destruida por un incendio en 2023. Desde entonces, la comunidad educativa ha debido funcionar de manera provisoria en dependencias de otro establecimiento educacional. Durante una visita de observación, el INDH constató diversas deficiencias en infraestructura, espacios insuficientes, problemas de accesibilidad y la ausencia de una planificación concreta para entregar una solución definitiva, situación que motivó la presentación del recurso de protección en resguardo de los derechos de las y los estudiantes.

La Corte concluyó que la mantención de esta situación de provisionalidad durante más de tres años constituye una omisión ilegal y arbitraria de la autoridad educacional, vulnerando las garantías constitucionales de igualdad ante la ley e integridad física y psíquica de las y los estudiantes. Asimismo, sostuvo que un plan de contingencia no puede transformarse en una respuesta permanente cuando compromete el ejercicio efectivo del derecho a la educación de niños, niñas y adolescentes con discapacidad.

Al respecto, le jefa del INDH de Los Ríos, Constanza Montt, valoró la decisión señalando que “este fallo constituye un avance muy significativo para la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes con discapacidad, porque reafirma que el derecho a la educación no se satisface únicamente con mantener abierto un establecimiento, sino que exige condiciones materiales, de accesibilidad y de adecuación razonable que permitan un acceso efectivo e igualitario. La sentencia recuerda que las soluciones transitorias no pueden prolongarse indefinidamente cuando ello termina afectando derechos fundamentales”.

La abogada añadió que “la decisión se encuentra plenamente alineada con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y con los compromisos internacionales asumidos por Chile, reafirmando que las personas con discapacidad tienen derecho a acceder a una educación en condiciones de igualdad, dignidad y seguridad. El fallo marca un precedente importante al exigir que las políticas públicas incorporen una planificación concreta, verificable y con enfoque de derechos humanos.”

Desde el INDH se destacó que esta sentencia representa un paso relevante para avanzar hacia una educación verdaderamente inclusiva, recordando que las obligaciones del Estado no se limitan a garantizar cobertura educacional, sino también a asegurar que ésta se desarrolle en condiciones compatibles con la dignidad, la autonomía y las necesidades especiales de las personas con discapacidad.

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