Corte de Apelaciones revocó decisión de excluir al INDH como querellante en caso por la muerte de Lissette Villa

Finalmente se llevaron a cabo los alegatos en la quinta sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, en donde se acogió una apelación del Instituto Nacional de Derechos Humanos y se revocó la resolución que había ordenado la exclusión del INDH como querellante en la causa de Lissette Villa, la niña de once años que falleció en un centro del SENAME el 2016.

La Corte ordenó revocar la resolución del 20 de octubre de 2017 en donde el juez Ponciano Sallés decidió apartar a la entidad del caso, aprobando una petición de las defensas a la que se acogió el Consejo de Defensa del Estado (CDE), aludiendo a que el Estado no podía estar representado doblemente.

En síntesis, concluyó que los intereses de la querella del Instituto se basan en su Ley N° 20.405 y la querella del CDE se funda en su ley y que el artículo 6° de la LOC del CDE no es excluyente para que el INDH participe como querellante en esta causa, ya que lo que se está discutiendo de fondo es un tema de falta de legitimidad activa y los intereses de cada interviniente lo que debiera ser resuelto por el juez del fondo en la sentencia definitiva y no ahora como se hizo en esta oportunidad.

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