Corte de Apelaciones de Temuco acogió recurso de amparo de INDH de La Araucanía por personas privadas de libertad de la cárcel de Angol

La Corte de Apelaciones instruyó a Gendarmería realizar en un plazo de dos meses las reparaciones pertinentes en el módulo de aislamiento.

La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso de amparo interpuesto por la sede de La Araucanía del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en favor de 12 personas privadas de libertad de la cárcel de Angol. El tribunal instruyó a Gendarmería la reparación y habilitación de los baños y la infraestructura del módulo de aislamiento en un plazo de dos meses.

La Corte de Temuco resolvió el recurso de amparo del INDH en favor de las personas privadas de libertad de Angol.

El recurso de la sede se interpuso luego de una visita de observación al centro de detención. En ésta se constató el hacinamiento del módulo. Se encontraron serias deficiencias en baños y falta de acceso continuado a agua, las 24 horas del día. Las condiciones eran indignas para el consumo de alimentos. Tanto así que se usaban botellas plásticas para recibir la comida.

En el módulo de tránsito están personas aisladas por razones de protección, en espera de traslado a otros centros, un trámite administrativo para ser ubicados en la misma cárcel y una resolución pendiente de los tribunales o la dirección regional de Gendarmería. Algunas de estas causas no se ajustan a estándares, algo agravado por la prolongada estadía en un lugar en malas condiciones.

Decisión de la corte ante recurso del INDH

La segunda sala de la corte de Temuco dijo que “el respeto y preservación de los DD.HH. de todas las personas, incluidas las que se encuentren privadas de libertad, no puede ceder frente a argumentos tales como lo antigua y precaria de la infraestructura carcelaria”. Los ministros estimaron que “día a día, el Estado de Chile, al adoptar una actitud pasiva y de desidia ante las palmarias y reconocidas violaciones a la seguridad personal de las amparados, está conculcando el derecho a un trato digno”.

De la misma manera, estimaron los ministros, con su actitud el Estado afecta derechos como “no ser sometido a tratamientos inhumanos, crueles y degradantes, así como al derecho a no sufrir ninguna forma de discriminación y a una vida libre de todo tipo de violencia”.

Por ello, la corte ordenó que Gendarmería “deberá adoptar en forma urgente todas las medidas necesarias para restablecer el imperio del Derecho y asegurar la tutela del derecho fundamental amagado”. Se trata, en concreto, de la reparación y habilitación de servicios sanitarios, duchas y especialmente los problemas de infraestructura. Fijó un plazo máximo de dos meses, con un informe periódico del avance de las obras.

Junto con ello, ordenó otras tres medidas. La primera es proporcionar elementos básicos para que los internos consuman sus alimentos en forma digna. Luego, resolver las solicitudes de traslado y clasificación de los internos. Y por último informar de forma periódica sobre los resultados de estas medidas a la Corte y al INDH.

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