La Corte acogió el recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en favor de una niña y un niño mapuche que a principios de octubre fueron violentados y detenidos, luego de que grabaran un procedimiento policial de Carabineros que repelía una ocupación. El tribunal consideró que existió una vulneración a los derechos a la libertad personal y seguridad individual, además de dar cuenta de que Carabineros no cumplió el protocolo diseñado por la propia institución en relación a la detención de menores de edad.
El hecho ocurrió el 1 de octubre pasado, cuando en el contexto de un proceso reivindicatorio, algunos miembros de la comunidad mapuche-huilliche Marriao Collihuinca realizaron la ocupación de un sector de lo que actualmente corresponde al fundo Lumaco Bajo, perteneciente a un privado y que colinda con los terrenos donde se encuentra la comunidad. La ocupación fue repelida por un contingente de Carabineros y, mientras el procedimiento policial se llevaba a cabo, una niña y un niño de la comunidad mapuche, de 10 y 12 años, comenzaron a grabar los hechos.
Luego, Carabineros ingresó a la comunidad indígena y se dirigió a ambos/as de forma violenta, con gritos y amenazas, obligándolos a tirarse al suelo y hacer entrega de los artefactos electrónicos donde registraron la escena policial. Además, la niña fue apuntada con el arma de servicio de uno de los funcionarios policiales. Así, el niño y la niña fueron esposados/as y obligados/as a caminar hasta el furgón policial y los/las trasladaron hasta la Comisaría de Río Bueno, lugar donde fueron entregados/as a sus padres aproximadamente a las 23:00 hrs., luego de estar privados de libertad por 4 horas.
Tras los hechos, el INDH presentó un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Valdivia, que fue acogido por el tribunal debido a que consideró que existía una vulneración a los derechos a la libertad personal y seguridad individual, establecidos en el artículo N19 N°7 de la Constitución.
Asimismo, el tribunal solicitó a Carabineros de la Prefectura de Valdivia n° 23 que adopten las medidas necesarias “para ajustar estrictamente sus actuaciones a lo que ordenan la Constitución, los Tratados Internacionales vigentes en Chile, las leyes y protocolos diseñados institucionalmente a la luz de la normativa señalada, especialmente en lo que dice relación con menores de edad”.
En ese sentido, la Corte de Apelaciones de Valdivia estableció que Carabineros estaba obligado a cumplir el protocolo diseñado por la propia institución, lo que no se hizo a cabalidad. En este caso no se respetó el apartado “Desalojo frente a ocupación o usurpación de inmueble”, además no se dio cumplimiento al apartado “Detención de manifestantes menores de edad (niños niñas y adolescentes), específicamente en lo referido a niños/as indígenas que, por una parte, los obliga a “considerar que en las comunidades indígenas los niños están presente junto a los adultos en todas las actividades” y por otra, a priorizar la asistencia de un experto/a en cosmovisión indígena cuando resulte necesario el uso de la fuerza.
El recurso de amparo presentado por el INDH viene a sumarse a otros nueve amparos acogidos por tribunales superiores de justicia en los últimos tres años, en favor de niños y niñas que han visto vulnerados sus derechos por Carabineros en sus procedimientos policiales. Esta petición, entonces, se enmarca en el resguardo de los derechos de los niños y niñas mapuche, en el contexto del conflicto que se mantiene vigente por recuperación de tierras.
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