Corte de Concepción acoge amparo del INDH y la DPP en favor de interno agredido por Gendarmería

By 4 Mayo, 2015Noticias INDH

Corte de Concepción acoge amparo del INDH y la DPP en favor de interno agredido por Gendarmería

4 Mayo, 2015

carcel valñdiviaEl 3 de abril pasado, gendarmes de la cárcel del Bío Bío trasladaron al interno de iniciales J.B.L.G. al sector de “la pecera”, un espacio dentro del penal que no cuenta con cámaras de vigilancia. Allí lo golpearon, produciéndole fracturas en sus extremidades superiores. Estos hechos motivaron la presentación de un recurso de amparo en favor de J.B.L.G. por parte de la Defensoría Penal Pública (DPP) y del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), el cual fue acogido por la Corte de Apelaciones de Concepción.

Según los hechos relatados en la sentencia, J.B.L.G. mantenía una huelga de hambre líquida desde el 30 de marzo pasado, demandando su traslado hacia otro penal, contexto en el que los gendarmes lo llevaron hacia “la pecera” y lo agredieron entre varios funcionarios de Gendarmería, uno de los cuales -manteniéndolo esposado- le dobló los dedos, manos y brazos hasta fracturarle sus extremidades superiores, recibiendo además golpes de pie y puño en distintas partes de su cuerpo.

J.B.L.G. denunció que no recibió atención médica hasta el día 7 abril y que no se le brindaron las condiciones para una adecuada recuperación y tratamiento de sus lesiones.

Ante las situaciones denunciadas, la Corte de Concepción acogió el amparo, señalando que “Gendarmería de Chile es un servicio público del Estado a quien representa -en dicho contexto-  y como tal, es garante de la seguridad de todas las personas que se encuentran bajo su custodia. La sola circunstancia que el condenado se encuentre con sus extremidades superiores fracturadas al interior del Centro Penal Bío Bío, implica que Gendarmería faltó a su deber de cuidado y atención del referido interno y obligan a adoptar las medidas necesarias para el restablecimiento del derecho y asegurar la debida protección del amparado”.

Dentro de las argumentaciones para acoger el amparo, el tribunal sostuvo que “la circunstancia de que los hechos hayan ocurrido el día 3 de abril y tan sólo el día 7 se le hubiese proporcionado la atención médica adecuada a la gravedad de las lesiones que presentaba el interno, permiten inferir que la autoridad recurrida no proporcionó un trato digno de ser humano, ni obró diligentemente toda vez que le brindó en forma tardía el tratamiento médico necesario para su restablecimiento”, concluyó el tribunal.