Los hechos en virtud de los que la sede de O’Higgins del INDH actuó como querellante ocurrieron en noviembre 2019 e involucraron a un cabo segundo y a un capitán de la policía uniformada.
La primera sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua ratificó las condenas por apremios ilegítimos de dos funcionarios de Carabineros, el cabo segundo Luis Bravo Zúñiga y el capitán Franz Bohmwald Zegers, ambos sentenciados por las agresiones perpetradas contra una mujer que estaba manifestándose pacíficamente el 15 de noviembre de 2019 en el centro de Rancagua, en el marco de la crisis social. En este caso la sede de O’Higgins del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) actuó en calidad de querellante.
Los uniformados habían recibido 300 días de presidio e inhabilitación para ejercer cargos públicos durante ese mismo lapso. De todas formas, el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Rancagua les aplicó una remisión condicional de la pena corporal y dejó a ambos sujetos en observación durante un año por parte de un juez. Los hechos por los cuales fueron condenados consistieron en que, durante la detención de la mujer, el cabo aplicó una maniobra de ahorcamiento y el oficial no hizo nada para detenerlo.
Ante esta sentencia, las defensas de los sujetos presentaron sendos recursos de nulidad ante la Corte de Rancagua. Los representantes del cabo segundo Bravo Zúñiga argumentaron que el fallo de primera instancia era nulo porque no consideró que el actuar policial estaba cubierto por la eximente de cumplimiento del deber. En tanto, de parte del capitán Bohmwald Zegers se argumentó que los jueces del TOP de Rancagua valoraron mal la prueba y no fundamentaron adecuadamente su resolución.
La Corte de Apelaciones desestimó ambos recursos en una decisión unánime. En el caso del primero, se afirmó que “no puede prosperar, por contravenir los límites propios del motivo de derecho invocado”, puesto que se suponía que el actuar policial se desarrolló respecto de unos hechos distintos de aquellos que se dieron por probados en la sentencia.
En cuanto al recurso del capitán, se estimó que “carece de peticiones concretas que sean compatibles con la causal invocada…”, además que “lo ilegítimo y abusivo del actuar de Carabineros viene dado por la forma, intensidad y características con la que emplearon la fuerza en contra de una mujer que estaba siendo reducida por al menos cuatro uniformados, más allá de la acusación respecto de dos de ellos”. Es más, los magistrados de la corte dicen que el capitán “estaba llamado, en su calidad de superior al mando, a adoptar medidas efectivas, que hubiesen impedido ese acto de ahorcamiento o que al menos generase el cese del mismo”.
Tres sentencias ratificadas
Por ello que la Corte concluyó que el tribunal cumplió adecuadamente con la obligación de motivación que le imponen la ley y, en particular, con el deber de analizar toda la prueba rendida, por lo que rechazó los recursos de nulidad.
Cabe mencionar que con este fallo de la Corte, en total tres sentencias por el Tribunal Oral en lo Penal de Rancagua dictadas en causas de violencia institucional, han sido confirmadas durante el trimestre. Anteriormente, estuvieron la causa por utilización de un adolescente como “escudo humano”, también en el marco de la crisis social, y otra causa por la aplicación de electroshock a una persona detenida en comisaría. En todas ellas el delito motivo de la condena fue el de apremios ilegítimos.