

De este modo el alto tribunal ordenó a Gendarmería adoptar las medidas necesarias para dar atención médica a los internos afectados que aún presenten secuelas y también confirmó el derecho que tienen los abogados defensores de acceder en todo momento a sus representados.
Los hechos
Los procedimientos del 1 de febrero pasado al interior del penal Colina II fueron realizados por el Grupo Anti Disturbios de Gendarmería, cuyos integrantes utilizaron violencia extrema en contra de los internos del Módulo 4 y el Módulo 9, golpeándolos en forma desmedida en diferentes partes del cuerpo y destruyendo sus enseres personales.
Según el relato de los internos, algunos se encontraban en sus celdas al momento de los allanamientos, fueron conducidos al patio y obligados a pasar por un “callejón oscuro” de alrededor de 40 funcionarios de Gendarmería, quienes los golpearon con armas, palos y fierros.
Una vez reducidos y recostados en el patio siguieron siendo golpeados, a pesar de la crítica situación de algunos de ellos que se encontraban malheridos, sangrantes, incluso en estado de inconciencia y desmayo en algunos casos. Una de las personas golpeadas sufrió un desprendimiento de retina.
En paralelo, mientras se producían estas violentas situaciones, algunos gendarmes destruían los enseres de los internos. Al mismo tiempo se realizaba un allanamiento similar en el Módulo 9 del penal, cuyas circunstancias se agravaron debido a la rotura de una piscina con agua que se mezcló con excrementos, tras lo cual los internos fueron obligados a posarse sobre este líquido.
La actuación de Gendarmería habría sido provocada por un motín impulsado por los privados de libertad en respuesta al endurecimiento de las condiciones de vida en el penal, que se traducen en restricciones al régimen de visitas, la eliminación de algunos camaros (espacios para intimidad conyugal), la imposición de un código de vestimenta más estricto (prohibición de uso de pantalones cortos), la prohibición de ingreso de materiales para el trabajo de los internos y la realización de allanamientos violentos en diversos módulos, entre otras medidas.
Todos estos actos fueron considerados por el INDH y la DPP como de máxima gravedad, por lo que solicitó el pronunciamiento del máximo tribunal de manera de restablecer el imperio del derecho.