La Corte Suprema acogió hoy los argumentos presentados por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y la Defensoría Penal Pública (DPP) sobre los derechos que deben ser respetados en los casos de mujeres privadas de libertad, y particularmente en el caso de Lorenza Cayuhan, quien permaneció engrillada cuando era trasladada desde la cárcel de Arauco a distintos centros médicos y mientras estaba en el trabajo de parto en Concepción.
La resolución del alto tribunal dice que Cayuhan –mapuche de 31 años de edad- deberá ser custodiada y trasladada según las normas “mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos”. Cayuhan fue llevada a tres centros médicos en distintas localidades de la Octava Región y quedó internada en una clínica de Concepción, ya que presentaba problemas en su embarazo.
Durante todos los traslados y exámenes médicos Cayuhan estuvo engrillada, incluso cuando dio a luz a su hija. En todo el periplo, además, siempre fue custodiada por efectivos de gendarmería, hombres y mujeres. Sin embargo, al parto asistió un gendarme hombre.
Tal irregularidad queda recogida en el fallo de la Corte Suprema, por lo cual dispuso en el futuro que tanto en los traslados como en la permanencia en centros médicos, la custodia directa de Lorenza Cayuhan “será ejercida exclusivamente por personal femenino de Gendarmería de Chile”.
Agrega el máximo tribunal que el organismo a cargo de las cárceles “deberá revisar y adecuar sus protocolos de actuación en materia de traslados a hospitales externos, conforme a la normativa internacional suscrita por Chile relativa a mujeres privadas de libertad, embarazadas o con hijos lactantes, así como aquella relativa a la erradicación de todas las formas de violencia y discriminación contra las mujeres”.
Lorenza Cayuhan cumple una condena de cinco años por robo con intimidación en Arauco. Hoy, se encuentra en compañía de su hija Sayen y recibe a diario la visita de su familia en el Sanatorio Alemán de Concepción, donde llegó el pasado 15 de octubre.