El INDH interpuso esta acción judicial luego que, en octubre del año pasado, el Servicio de Migraciones ordenara la expulsión de la afectada. Esa decisión no tomó en cuenta que la mujer está casada con una persona con residencia definitiva y que tiene un hijo nacido en Chile.
La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso de amparo que la sede de La Araucanía del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) interpuso en favor de una ciudadana haitiana y resolvió paralizar la orden de expulsión dispuesta en su contra por el Servicio de Migraciones. Esto, porque “mantiene arraigo familiar en el país, constando que vive junto a su cónyuge y su hijo menor de edad”.
En efecto, el 21 de octubre de 2024 el Servicio Nacional de Migraciones dictó una orden de expulsión de la amparada, argumentando ingreso irregular al país. Pero esta decisión no consideró condiciones que acreditaban su arraigo familiar, como que está actualmente casada con otro extranjero, quien cuenta con residencia definitiva y además es madre de un menor nacido en Chile.
Entonces, la primera sala de la Corte de Apelaciones de Temuco concluyó que, no obstante las facultades que tiene el Servicio Nacional de Migraciones, ellas deben “necesariamente ceder, ante razones de carácter humanitario, relacionadas con la protección de la familia, asentadas en diversas normas de nuestra carta fundamental y tratados internacionales ratificados por Chile, a la sazón vigentes y obligatorios para el Estado”.
El tribunal estimó que existía una colisión de normas (las que protegen a la familia frente a las que autorizan la expulsión) y en esas circunstancias la autoridad pública debe privilegiar las que no provoquen la separación familiar. Es decir, elegir las que garanticen la “reunificación familiar de los ciudadanos extranjeros que se encuentren en situación migratoria irregular, desde que aquella, sin distinción alguna, debe ser objeto de respeto y protección estatal”.
Es por ello, que la Corte de Temuco resolvió dejar sin efecto la orden de expulsión. El Servicio Nacional de Migraciones tendrá que ofrecer nuevo plazo a la ciudadana extranjera para que pueda “ejercer sus descargos respecto de la causal de expulsión, pudiendo en dicha oportunidad acompañar todos los antecedentes que estime pertinentes para acreditar el arraigo familiar y social en nuestro país”.
Valoración del INDH
El jefe de la sede del INDH, Federico Aguirre, dijo que “esta resolución viene a confirmar una jurisprudencia de los tribunales superiores de justicia, que con claridad establecen criterios interpretativos para la administración pública, consistentes en que en caso de contradicción de normas deben privilegiarse aquellas que más beneficien a las personas y su núcleo familiar”, dijo el jefe regional del INDH.