Los graves hechos que afectaron a Lorenza Cayuhan Llebul, comunera mapuche que dio a luz engrillada en la Clínica Sanatorio Alemán de Concepción, el Consejo del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) considera necesario declarar:
1.- El 13 de octubre pasado, encontrándose privada de libertad en el Centro de Detención Preventiva de Arauco, la comunera mapuche, Lorenza Cayuhan Llebul, fue trasladada de urgencia al Hospital Regional de Concepción a causa de una complicación en su embarazo de 7 meses.
2.- En el traslado a Concepción, la custodia de Gendarmería de Chile habría engrilletado a Lorenza Cayuhan a la cama de la ambulancia, medida de coerción que se habría mantenido en el Hospital Regional de Concepción y en la Clínica Sanatorio Alemán de la misma ciudad a vista del personal médico.
3.- Los hechos antes descritos fueron narrados por la comunera mapuche al personal del Departamento de Derechos Humanos del Colegio Médico que la evaluó, informándose por este organismo que los mismos son consistentes con la definición sobre tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes de las Naciones Unidas.
4.- La grave situación que afectó a Lorenza Cayuhan, no puede dejar impasibles a las autoridades si se considera que la Constitución Política de la República reconoce en su artículo 1°, sin distinción alguna, que las personas nacen iguales en dignidad y derechos.
5.- La dignidad inherente al ser humano jamás ha de ser proscrita a las personas privadas de libertad, tal como lo expresa el artículo 10.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) al proclamar que “toda persona privada de libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”, lo cual es reiterado en el artículo 5.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) al establecer que “toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”.
6.- Por otro lado, de ser efectivos los hechos evaluados por el Colegio Médico de Chile, en particular que Lorenza Cayuhan estuvo engrilletada a vista y paciencia del personal médico, ello podría constituir un caso de violencia obstétrica, fenómeno que se expresa mayoritariamente en el trato deshumanizado hacia la mujer embarazada, en el contexto de la atención de la salud sexual, embarazo, parto y post parto.
7.- Asimismo, el INDH hace presente que los pueblos indígenas forman parte de la población mundialmente más discriminada y vulnerable, y en especial las mujeres, quienes sufren una doble discriminación en razón de ser mujeres e indígenas, ya que están en peor situación que los hombres indígenas y las mujeres no indígenas en términos de niveles de pobreza, acceso a educación, recursos económicos y de salud, participación política y acceso a la tierra, entre otros asuntos.
8.- Como Consejo del INDH no podemos dejar de expresar nuestro más rotundo rechazo a los eventos que afectaron a Lorenza Cayuhan, e instamos a que en forma urgente se incorpore en la relación Estado y mujer libre y/o reclusa un lenguaje de derechos, de límites y resguardos que deben desarrollarse para construir una sociedad más respetuosa.
Consejo del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH)
Santiago de Chile, 26 de octubre de 2016.