INDH alegó ante la Corte Suprema en caso de crisis social y funcionario de Ejército Pedro Lavín tendrá que cumplir 7 años de cárcel efectiva

INDH actuó como querellante en la causa, donde el uniformado recibió la pena por el delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas. La defensa pidió la nulidad de la sentencia del Tribunal Oral de Colina, lo cual rechazó la Corte Suprema.

nota 1La sala penal de la Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad de la defensa del funcionario de Ejército Pedro Lavín Villalobos. El uniformado tendrá que cumplir siete años de presidio efectivo, pena a la cual lo condenó el Tribunal Oral en lo Penal de Colina por apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas. El condenado hirió a un manifestante con un disparo de su fusil de guerra el 20 de octubre de 2019, durante la crisis social.

Lavín Villalobos, integrante de la Brigada de Operaciones Especiales Lautaro, introdujo entre sus alegaciones la ley Nain – Retamal, que contempla la rebaja de penas en casos específicos de apremios ilegítimos. Esta nueva normativa se promulgó en abril pasado, luego de la sentencia de primera instancia en contra del funcionario de Ejército. Ésta última fue dada a conocer por el tribunal oral de Colina a finales de diciembre del año pasado.

De acuerdo a la defensa de Lavín Villalobos, su actuación correspondería a la “legítima defensa privilegiada”. La Corte Suprema discrepó. “Ello no resulta coherente con los hechos asentados soberanamente por el tribunal (…), dado que se desestimaron todos y cada uno de los elementos fácticos para atribuir a la conducta del acusado la presencia de la legítima defensa invocada”, dijeron los ministros del máximo tribunal.

Alegatos del INDH

El INDH alegó por el rechazo del recurso de nulidad, planteamiento que acogieron de manera unánime los miembros de la sala penal. Los ministros Haroldo Brito, Manuel Valderrama, Jorge Dahm, María Teresa Letelier y Leopoldo Llanos confirmaron la sentencia de primera instancia y ordenaron remitir los antecedentes al tribunal respectivo, de modo de dar cumplimiento a la sentencia.

Cabe mencionar que la defensa apoyó su recurso en cuatro causales. Respecto a tres de ellas, los defensores invocaron una errónea aplicación del derecho y existir sentencias contradictorias en la materia. Al respecto la Corte Suprema dice: “Dada la manera conjunta en que se dedujeron las primeras tres causales de nulidad aparece que el articulista incurre en un yerro insalvable en el modo de proponer el arbitrio (…) Lo que lleva necesariamente a desestimar las tres primeras causales de nulidad propuestas”, se sostiene.

Los hechos por los cuales Lavín Villalobos cumplirá presidio efectivo los cometió el 20 de octubre de 2019. Disparó su fusil con munición letal. La víctima recibió el impacto en una pierna. Cayó al piso y quedó inconsciente. El impacto generó diversas lesiones de gravedad y la víctima quedó con una cicatriz y secuelas funcionales permanentes.

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