INDH La Araucanía realiza jornada de sensibilización por acuerdo entre el Estado y la CIDH ante las vulneraciones que sufrió la machi Francisca Linconao

INDH La Araucanía Actividad CIDH (10 de abril)

La sede del INDH junto al Servicio de Salud Araucanía Sur convocaron a personal de trece establecimientos para exponer elementos fundamentales de los derechos humanos, en el marco del acuerdo al que llegó el Estado con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

La sede de La Araucanía del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) realizó una jornada de sensibilización sobre el Acuerdo de Cumplimiento de Recomendaciones que suscribió el Estado de Chile y la CIDH por las vulneraciones que afectaron a la machi Francisca Linconao.

La jornada, realizada el pasado 6 de abril, fue preparada por la sede de manera conjunta con el Programa de Salud Mapuche del Servicio de Salud Araucanía Sur. El programa convocó a personal de 13 establecimientos de salud de la provincia, entre ellos el Complejo Asistencial de Padre Las Casas, el Hospital Regional Hernán Henríquez Aravena, la Posta Rural de Codopille, el Consultorio Miraflores de Temuco, el Hospital de Lautaro, el Hospital de Carahue y el Hospital de Loncoche.

La sede regional expuso los elementos fundamentales de los derechos humanos, enfatizando el principio de igualdad y no discriminación, los derechos culturales, especialmente en lo referido al rol de las autoridades ancestrales. En la conclusión analizó el acuerdo de cumplimiento en términos generales, profundizando en las recomendaciones sobre la salud.

Las y los asistentes valoraron la jornada, porque les permitió comprender los derechos humanos y del rol de la función pública en el cumplimiento de estas recomendaciones.

Acuerdo referido a la salud

El Acuerdo de Cumplimiento de Recomendaciones establece la responsabilidad del Estado de Chile ante la violación de los derechos a la integridad personal, libertad personal, garantías judiciales, protección de la honra y de la dignidad, libertad de conciencia y de religión, igualdad ante la ley, protección judicial y participación en la vida cultural en perjuicio de la Machi Francisca Linconao.

Los hechos se originaron el 4 de enero de 2013, cuando Carabineros realizó un allanamiento en su domicilio en Rahue, comuna de Padre Las Casas, en el marco de una investigación por presunta infracción a la Ley de Control de Armas. Durante el procedimiento, la machi fue detenida y formalizada, sin que se respetara su indumentaria tradicional ni su condición de autoridad ancestral mapuche. Si bien fue absuelta en octubre de 2013, la posterior demanda civil de indemnización que interpuso contra el Fisco fue rechazada por los tribunales, sin obtener reparación por la vía interna. Estas vulneraciones fueron reconocidas por la CIDH, concluyendo además infracciones a la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura y a la Convención de Belém do Pará.

Junto con el establecimiento de responsabilidad al Estado, el informe también  formula la recomendación de “disponer las medidas de atención en salud física y mental necesarias para la rehabilitación de Francisca Linconao Huircapan y de sus familiares, de ser su voluntad y de manera concertada, las cuales deben brindarse de manera gratuita y con una perspectiva étnica y de género”.

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