INDH de Antofagasta obtuvo condenas para carabineros que abandonaron a víctima boliviana agonizando durante la pandemia

INDH de Antofagasta obtuvo condenas para carabineros que abandonaron a víctima boliviana agonizando durante la pandemia

12/10/2023

INDH actuó como querellante en un caso ocurrido en Calama en febrero de 2021. Los sentenciados recibieron una pena de cinco años de libertad vigilada intensiva por parte del Tribunal Oral en lo Penal de Calama. El tribual acogió la acusación particular del INDH y desestimó la acusación del Ministerio Público y el querellante particular.

El TOP de Calama dictó las sentencias.

El Tribunal Oral en lo Penal de Calama sentenció a 5 años de libertad vigilada intensiva a los funcionarios de Carabineros A.A.N.P. e I.I.Z.M. Recibieron esa pena por el delito de apremios ilegítimos del artículo 150 D del Código Penal, que perpetraron en febrero de 2021 en esta comuna. La sede de Antofagasta del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) actúa como querellante en esta causa.

Los jueces dieron por acreditado que, en la tarde del 9 de febrero de 2021, el cabo segundo A.A.N.P. y el carabinero I.I.Z.M. subieron a su coche policial a una persona denunciada por encontrarse tendida en la calle. Esta persona, de origen boliviano, estaba con el torso desnudo y apenas balbuceaba. Más tarde los uniformados la bajaron en un sitio eriazo al lado el Servicio Médico Legal de Calama, donde lo golpearon y abandonaron. Murió en este lugar.

Este hecho ocurrió mientras en la comuna regía la cuarentena por la pandemia durante los fines de semana. Según la autopsia, la causa de su muerte fue falla multiorgánica debido a neumonía por Covid. No obstante, se usó el Protocolo de Minnesota, que detectó tres lesiones recientes. El Protocolo, elaborado por la ONU, se emplea cuando hay antecedentes de muerte potencialmente ilícita.

Elementos vistos por el tribunal

En la sentencia se dice que los policías supieron que la víctima “se encontraba con un cuadro complejo de salud”. Pero pese a eso, “no prestaron la atención médica que urgía recibiera”. Luego: “mas no conforme con la omisión de auxilio, lo dejaron en su manifiesto mal estado de salud”. Esto fue en un “enorme sitio eriazo a las 13.55 horas aproximadamente, un día de verano a pleno sol”. En el lugar, dice la sentencia, “lo insultan profiriendo diversos garabatos y lo golpean con una botella plástica de agua sin necesidad alguna”.

Los jueces estimaron que “el afectado se encontraba en una situación de vulnerabilidad atendida la agonía por Covid que lo aquejaba”. Si bien eso no era sabido por los funcionarios policiales, “sí pudieron advertir que estaba casi inconsciente, con dolores, evidentemente deshidratado e imposibilitado de moverse”.

Penas del caso del INDH

En su resolución los magistrados acordaron aplicar una pena de libertad vigilada, acogiendo los términos de la ley 18.216. Además, les aplicaron inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.

El tribunal acogió la demanda civil de la madre de la víctima. De esta forma, dispuso que tanto A.A.N.P. como I.I.Z.M. paguen cada uno 10 millones de pesos por daño moral. También se instruyó la repatriación del cadáver de la víctima a Bolivia. Ello, “a propósito de las recomendaciones y obligación del Estado de Chile de reparar los daños padecidos, de conformidad con la Convención sobre la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles inhumanos o degradantes”.