INDH presentó una acción penal en este caso, tal como se lo faculta la ley. Se trata de hechos ocurridos en el Complejo Fronterizo Chacalluta, donde dos particulares le pidieron a la víctima $130.000 para entrar al país.
El Tribunal Oral en lo Penal de Arica informó un veredicto de culpabilidad para H.C.T. y S.R.O.V. por el delito de tráfico de migrantes. Se trata de un hecho perpetrado en las inmediaciones del Complejo Fronterizo Chacalluta. En esta causa la sede de Arica y Parinacota del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) actúa como querellante.
Según se expuso en el juicio oral, la situación ocurrió durante la noche del 23 de noviembre de 2023. Las dos personas acusadas convinieron con la víctima el pago de $130.000 para ingresar a Chile desde Perú, evadiendo los controles del paso fronterizo. A esta persona la instruyeron y dieron documentos de modo de eludir los trámites de ingreso.
Luego de conseguido este objetivo, quedó acordado que pasarían a recoger a la víctima a Chacalluta en un auto particular. De ahí la llevarían junto con su equipaje a la ciudad de Arica.
Actuación del INDH
Es importante considerar que la ley que creó el INDH lo faculta para presentar querellas en casos de tráfico de migrantes y también de trata de personas. Estos son dos delitos tipificados en el Código Penal chileno en abril de 2011, a través de la ley 20.507. Esta última normativa establece también medidas para prevenir y perseguir ambas infracciones.
Previo a esta ley, el Estado ratificó el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, y el Protocolo sobre Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire. Ambos documentos son complementarios de la Convención de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, conocida como Convención de Palermo, que data del 2000.
El tribunal informó que dará lectura a la sentencia el próximo 17 de octubre a las 13.30 horas.