INDH actuó como querellante en este caso. Los condenados quedaron bajo control de Gendarmería por lapsos entre los 700 días y un año. Ambos fueron parte de una trama en que se ocultó prueba exculpatoria de una persona detenida en noviembre de 2019.
El Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Coyhaique condenó a los funcionarios de Carabineros P.J.C.C. (coronel y prefecto de Aysén) y J.F.F.F. (jefe de las Fuerzas Especiales) por obstrucción a la investigación. En noviembre de 2019 ambos entregaron información falsa que llevó a formalizar y decretar la prisión preventiva a una persona por hechos ocurridos en el marco de la crisis social. La sede de Aysén del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) actúa como querellante.
P.J.C.C. recibió una pena de 700 días de presidio, suspensión de cargo u oficio público durante la condena y una multa de ocho UTM. En tanto, J.F.F.F. tuvo una pena de 300 días de presidio, suspensión de cargo u oficio público durante la condena y una multa de cuatro UTM. El tribunal aplicó a ambos la remisión condicional de la pena, lo que le permite a P.J.C.C. quedar por 700 días sujeto al control administrativo de Gendarmería y a J.F.F.F., durante un año.
Ambos se encuentran actualmente retirados de Carabineros.
Maniobra de ocultamiento
El tribunal dio por acreditado que la tarde del 6 de noviembre de 2019, luego de una manifestación en Coyhaique donde un carabinero resultó herido a causa de un piedrazo, los oficiales de la policía uniformada asistieron a una reunión en que se informó de videos que exculpaban a la persona detenida como presunta autora de la agresión.
P.J.C.C. “ordenó la exclusión de esta evidencia”. Más tarde, J.F.F.F. declaró al Ministerio Público que el detenido “había lanzado la piedra”. Esta declaración del jefe de FF.EE. “aportó antecedentes falsos y obstaculizó gravemente el esclarecimiento de los hechos (porque) le constaba que existía un video grabado por su institución, que había sido exhibido y que su superior ordenó ocultar, que permitía aclarar los hechos”.
En tanto, P.J.C.C. prestó declaración en el mismo sentido que J.F.F.F. ante la Fiscalía.
Críticas a prefecto
El tribunal cuestionó la actuación de P.J.C.C. pues “estaba cumpliendo sus labores como prefecto de Carabineros, que es una institución policial técnica, que por mandato constitucional, tiene entre sus obligaciones precisamente garantizar y mantener el orden público y la seguridad pública interior en todo el territorio de la República, razón por la cual, debía estar preparado para enfrentar este tipo de alteraciones el orden público, sin ver alterado su estado de ánimo al punto de inclinarlo a obrar al margen de la ley”.
Del mismo modo, el texto recuerda que “la aportación dolosa de antecedentes falsos no sólo condujo al Ministerio Público a realizar u omitir determinadas actuaciones de la investigación, sino que lo llevó a pasar a control de detención al imputado detenido, formalizar la investigación en su contra por hechos constitutivos de delito y una participación en calidad de autor ejecutor, y solicitar en contra la prisión preventiva, la que fue decretada por Corte de Apelaciones de Coyhaique”.