INDH solicitó mediante un escrito ante la Corte de Apelaciones de Temuco mayor información sobre la preparación del personal del liceo donde estudia el joven. Se trata de un establecimiento municipal ubicado en la comuna de Lautaro.
La sede de La Araucanía del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó un escrito a la Corte de Apelaciones de Temuco con que adhiere al recurso de amparo por un adolescente con trastorno del espectro autista (TEA). Se suma a la acción de la madre del joven, quien aduce que los derechos de su hijo los vulneró el liceo donde estudia, y pide que mientras resuelve, la corte instruya medidas en favor del afectado.
En su recurso, la madre del joven pide a la Corte que instruya al liceo para adoptar las medidas administrativas necesarias y realizar “ajustes razonables” para el bienestar del estudiante. Ello con el propósito de permitir la debida protección de su integridad física y psíquica en el ambiente educativo.
Cabe indicar que la acción del INDH se dirige contra la Municipalidad de Lautaro, que es el sostenedor del establecimiento. Este recinto no brindó condiciones de igualdad y no discriminación, que permitieran incluir al adolescente en la comunidad. En el escrito, se expone la falta de protocolos pertinentes, adecuados y eficaces para garantizar sus derechos.
Argumentos del INDH
En efecto, al tratarse de una persona de un grupo de especial protección, a los órganos del Estado, incluida la comunidad educativa del liceo, se les impone actuar con la debida diligencia para atender y considerar las particularidades propias del joven. Estas se conculcan si no se consideran sus particularidades propias. También es central tener presente el interés superior del niño.
La sede del INDH indica en su presentación que las autoridades recurridas deben proporcionar más antecedentes para verificar si su actuación cumple con la debida diligencia. Se indica que el liceo tiene Programa de Integración Escolar (PIE). Esta es una estrategia inclusiva, que busca ayudar a mejorar la calidad de la educación y a favorecer la participación, en particular de estudiantes con necesidades educativas especiales.
Detalles de preparación
Entonces, el INDH sostiene que existe un número acotado de profesionales y asistentes que tienen formación y capacitación para atender las necesidades de un alumno TEA. Pero, argumenta el instituto, no existen antecedentes respecto de acciones de sensibilización o capacitación del resto del personal, que podría llegar a relacionarse con el estudiante. Esto mismo aplica para personal administrativo, auxiliares o inspectores.
Además, en su escrito el INDH solicita a la Corte que mientras resuelve el fondo del recurso de amparo, tome medidas urgentes para proteger al joven de eventuales perjuicios a su integridad psicológica. En particular, que disponga una orden de no innovar a fin de que el liceo tome medidas para minimizar el tiempo de exposición a estímulos estresores.