INDH de La Araucanía alegó en causa donde tribunal de Temuco declaró culpable a carabinero por escopetazo que causó pérdida ocular en 2019

INDH valoró el veredicto por el delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas. “Esta decisión es fruto de un arduo trabajo de años, desarrollado por el Ministerio Público y también por el INDH”, dijo la abogada de la sede Karen Torres.

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El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco resolvió un veredicto de culpable para el funcionario de Carabineros M.A.M.L., acusado de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas. La sede de La Araucanía del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) es querellante en esta causa, la cual se originó en hechos perpetrados el 19 de octubre de 2019. La víctima estaba en el lugar en el marco de manifestaciones por la crisis social.

De acuerdo con la acusación que interpuso el Ministerio Público, el mayor de Carabineros M.A.M.L., en la época jefe de la Primera Comisaría de Fuerzas Especiales de Temuco, disparó tres veces con su escopeta sobre la víctima. Al momento de estos disparos no concurría ninguna circunstancia que justificara el uso del arma y la manera en que la empleó. M.A.M.L. apuntó su escopeta a la parte superior del cuerpo de la víctima.

Los disparos hirieron a la víctima en el ojo derecho, dejándole un traumatismo grave. La herida requirió una hospitalización de 15 días y dos intervenciones quirúrgicas para extraer un proyectil. En definitiva, el afectado resultó con una pérdida total del ojo derecho y quedó impedido de un miembro importante.

Veredicto de la corte

En su veredicto, los jueces indicaron que el uso que hizo el funcionario de su escopeta “fue realizado abusando de las funciones que desempeñaba dicho día”. Ello, porque “contravino las normas reglamentarias de Carabineros vigentes a la época, de las cuales tenía pleno conocimiento el acusado conforme a la prueba rendida”.

Además, los jueces desestimaron aplicar aquí la legítima defensa privilegiada como quería el acusado. “Se desecharán las alegaciones de la defensa en orden a disponer su absolución, considerando que en la especie no se ha acreditado la circunstancia que el uso del arma haya obedecido a ninguna circunstancia que lo justificara, considerando incluso la actual Ley 21.560, siendo su prueba insuficiente para desvirtuar los hechos de la acusación”, indicaron.

La sentencia se conocerá el próximo martes 16 de enero a las 11 horas en el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco.

Abogada del INDH

La abogada de la sede de La Araucanía del INDH Karen Torres indicó que “esta decisión es fruto de un arduo trabajo de años, desarrollado por el Ministerio Público y también por el INDH para efecto de aportar pruebas relevantes para el esclarecimiento de los hechos. Entendemos también que con esto el Estado cumple su obligación de sancionar los hechos de violencia institucional y opera como una medida de reparación para las víctimas de las graves violaciones a los derechos humanos acontecidas en el período de las manifestaciones sociales de octubre de 2019”, dijo.

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