
El INDH actuó como querellante en un caso donde un adolescente recibió una golpiza por parte de tres carabineros. Estos perpetradores recibieron una pena de 541 días por vejaciones injustas.
La sede de La Araucanía del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) concurrió al juicio donde tres funcionarios de Carabineros recibieron condenas por vejaciones injustas. Se trata de un delito que perpetraron en octubre de 2019, en el contexto de la crisis social. Por este hecho, el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Temuco sentenció a 541 días al suboficial mayor J.A.Q.B. y a los cabos primeros J.A.R.V. y B.D.R.A.
El tribunal acreditó que, durante la noche del 19 de octubre de 2019, en las inmediaciones de la Estación Gorbea, los tres carabineros detuvieron a un adolescente. A éste, quien tenía 15 años, le atribuyeron haber tirado piedras a un carro policial. Enseguida, “infringiendo toda normativa”, lo agredieron en distintas partes del cuerpo. A raíz del ataque, la víctima quedó con una contusión dorsal y otra en la frente, lesiones médicamente calificadas de leves.
Ante estos hechos, el tribunal resolvió aplicar la remisión condicional de la pena a los tres funcionarios, que cumplirán el castigo en libertad. El delito de vejaciones injustas lo tipifica el artículo 255 del Código Penal. Cabe mencionar que los golpes los propinaron los uniformados cuando la víctima ya se encontraba reducida.
Fallo de mayoría
En el fallo de mayoría, el tribunal estimó que “(…) los acusados eran agentes del Estado, que ejercitaron sus actuaciones de Carabineros en el marco de un procedimiento legal. Sin embargo, produjeron (…) un trato injusto, vejatorio y lesivo inaceptable, en cuanto en esa tarea de prevención social, abusando de su deber estatal, agraviaron indebidamente con su forma de actuar los derechos de un menor de edad”.
Los jueces también indican en el texto que “un acto legítimo de fuerza, indebidamente se muta por un accionar desmedido en un hecho grave e inadmisible, que la legislación sanciona y se altera, por cierto, el marco o límite que por la sociedad se le entrega” a los carabineros. Además, se indica que los uniformados tienen una “función privilegiada de resguardo de derechos, que se desborda en sus efectos y extensión, agraviando el daño a personas de especial vulnerabilidad, como en el caso del afectado de autos, en ese entonces de 15 años”.
Querellas del INDH
Esta es la primera sentencia condenatoria obtenida por la sede de La Araucanía del INDH en un caso vinculado a hechos en el contexto de la crisis social en la región. El INDH interpuso 162 querellas en este mismo marco, de las cuales 21 se refieren a denuncias de niños y niñas.
El jefe del INDH de La Araucanía, Federico Aguirre, valoró la sentencia del tribunal, pero expresó su preocupación por los escasos avances en materia de garantía de acceso a la justicia. Esto, a casi cuatro años de haberse producido las graves violaciones a los derechos humanos en la crisis social. “Eventualmente, puede comprometer la responsabilidad internacional del Estado de Chile en esta materia”, indicó.