INDH persistió en esta causa a pesar de que el Ministerio Público comunicó su decisión de no perseverar. El 18 de marzo el tribunal revisará las medidas cautelares contra el ahora oficial sentenciado.
El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago sentenció a presidio efectivo al mayor de Carabineros R.A.S.O. El oficial recibió esta pena por los delitos de violencia innecesaria con resultado de lesiones graves, por la cual tendrá tres años y un día, y denegación de auxilio, con 61 días. En mayo de 2015 una bomba lacrimógena disparada por R.A.S.O. le causó un trauma ocular a un estudiante en la Universidad de Santiago.
Además, el tribunal fijó para el 18 de marzo una audiencia para la revisión de las medidas cautelares del sentenciado. En su sentencia, determinó que en este caso no concurren las circunstancias para la sustitución de la pena privativa de libertad, ya que en la ejecución del delito se utilizó un arma de fuego. Por eso, la deberá cumplir de manera real y efectiva. También, se ordenó el pago de las costas del juicio oral, ambas decisiones adoptadas por la mayoría del tribunal. El tribunal condenó de forma unánime por el delito de violencia innecesaria y por mayoría la denegación de auxilio.
R.A.S.O. también recibió una pena de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.
Los intervinientes disponen de diez días corridos para interponer un recurso de nulidad ante la sentencia si así lo estimaren. De esta manera, la sentencia no se encuentra firme y ejecutoriada.
Actuación del INDH
Cabe recordar que la sede de la Región Metropolitana del INDH persistió en esta causa a pesar de que el Ministerio Público comunicó su decisión de no perseverar. Fue así como en noviembre de 2021 presentó su acusación en contra de R.A.S.O.
El Cuarto Tribunal dio por acreditado los hechos ocurridos el 14 de mayo de 2015 en la comuna de Estación Central, después de una marcha del Colegio de Profesores. Ahí el entonces capitán de Carabineros R.A.S.O. (en la actualidad mayor en servicio activo) ingresó a la Usach abordo del vehículo táctico que comandaba y descendió con una carabina lanza gases. A continuación, disparó directamente a la víctima, a una distancia de quince metros, según estableció la investigación. La conducta fue una absoluta contravención a los protocolos vigentes de uso de la fuerza y uso de elementos disuasivos.
El disparo de la carabina lanza gases impactó en el ojo derecho de la víctima y le produjo lesiones graves, con consecuencias hasta hoy. Cabe mencionar que la víctima, un universitario de 19 años, almorzaba con sus compañeros en los prados de la universidad. De pronto irrumpió un grupo de Carabineros y sin que existieran desórdenes públicos que justificaran el uso del arma fiscal, la víctima recibió el impacto que le generó un trauma ocular severo, además de fracturas y lesiones. El Servicio Médico Legal (SML) determinó que se trataba de lesiones graves.
Según la sentencia, R.A.S.O. ejecutó el disparo “apuntando directamente a la víctima, sin medir las consecuencias, aceptándolas como altamente probables en el sentido de que si no ponía el cuidado debido podía causar graves daños a la población civil que se encontraba el lugar”. Recuerda el texto que el oficial era “un experto en armamento”. El disparo fue a quince metros de distancia e incluso el agresor “podía verlo perfectamente”.