En el marco de su mandato legal, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) elabora y presenta al Congreso Nacional informes legislativos que analizan proyectos de ley a la luz de las normas y recomendaciones internacionales de derechos humanos ratificados por Chile.
En cumplimiento de lo establecido en la Ley N° 20.405, el INDH tiene entre sus funciones promover que la legislación, los reglamentos y las prácticas nacionales se armonicen con los estándares internacionales de derechos humanos vigentes en el país. En este contexto, el Instituto elabora informes legislativos que son remitidos al Congreso Nacional, con el fin de aportar antecedentes técnicos para la discusión de proyectos de ley.
Estos informes examinan las iniciativas legales a la luz de las obligaciones internacionales del Estado de Chile, identificando eventuales brechas y formulando recomendaciones orientadas a fortalecer las discusiones y mociones parlamentarias.
Durante marzo de 2026, el INDH elaboró tres informes legislativos. Uno se refiere al proyecto de ley que modifica el Código Penal con el objetivo de sancionar el delito de trata de personas con fines de adopción ilegal e incorporar la imprescriptibilidad. Y los otros documentos analizan iniciativas relativas a la ley sobre migración y extranjería.
Trata de personas y adopción ilegal
La iniciativa que se discute en el Congreso busca fortalecer la persecución penal del delito de adopción ilegal, considerando su gravedad y las afectaciones que producen en los derechos de niños, niñas y adolescentes, especialmente en el derecho a la identidad y a la vida familiar.
El INDH examina la propuesta a partir de estándares internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño, su Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños y niñas, y el Convenio de La Haya sobre Adopción Internacional, así como la normativa nacional vigente, incluyendo la Ley N° 21.760 sobre adopción y el delito de trata de personas regulado en el Código Penal.
El análisis del INDH valora que la moción establezca la imprescriptibilidad, es decir, que la responsabilidad penal no se extingue a pesar del paso del tiempo. También destaca que el proyecto de ley contemple la hipótesis de adopción irregular en el marco del delito de trata de personas.
Por otra parte, el documento presenta recomendaciones, entre las que destaca que cualquier reforma legal destinada a abordar estas prácticas asegure la investigación, sanción y reparación efectiva cuando se vinculen con situaciones de venta o trata de niños, niñas y adolescentes. Para ello, se sugiere establecer mecanismos penales adecuados para la persecución de estos delitos, considerando como aspecto a perfeccionar la alusión al concepto “adopción ilegal”, el cual actualmente no cuenta con una definición jurídica expresa en el ordenamiento nacional.
De igual modo, recomienda promover y fortalecer mecanismos de cooperación internacional en la materia, con el objetivo de garantizar el derecho a la verdad de las víctimas, facilitando la colaboración entre Estados para la búsqueda, identificación y localización de personas afectadas, así como el acceso a información relevante para la reconstrucción de su identidad y vínculos familiares.
Proyecto sobre migración y extranjería
El proyecto de ley que está en discusión tiene por objeto sancionar penalmente el ingreso clandestino al territorio nacional, incorporando esta conducta como delito en el ordenamiento jurídico. La iniciativa se enmarca en el contexto de las políticas de control migratorio, abordando la irregularidad migratoria desde una perspectiva penal.
El INDH examina la propuesta a la luz de los estándares internacionales de derechos humanos aplicables en materia de movilidad humana, incluyendo instrumentos como la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados 1951, así como la jurisprudencia y recomendaciones de organismos internacionales en relación con el principio de no criminalización de la migración irregular.
En el informe legislativo elaborado por el INDH, que fue aprobado por su Consejo de manera unánime, se advierte que la tipificación penal del ingreso clandestino puede resultar incompatible con los estándares internacionales de derechos humanos, en particular con el principio de no criminalización de la migración irregular, que establece que el ingreso o permanencia irregular en un país no debe ser abordado mediante el derecho penal, sino a través de mecanismos administrativos.
En este sentido, el Instituto señala que la utilización del derecho penal en este ámbito debe evaluarse conforme a los principios de necesidad y proporcionalidad, considerando que las personas migrantes en situación irregular constituyen, en muchos casos, un grupo en situación de vulnerabilidad que requiere especial protección por parte del Estado, por ejemplo, niñas, niños y adolescentes; mujeres; personas mayores; personas con discapacidad, entre otros.
Asimismo, se advierte que la criminalización del ingreso clandestino puede generar efectos contrarios a las obligaciones internacionales del Estado, tales como el aumento de situaciones de riesgo, la desincentivación del acceso a mecanismos de protección internacional —como el derecho de asilo— y la eventual vulneración de garantías como el debido proceso y el principio de no discriminación.
En consecuencia, el INDH recomienda que la regulación de la migración irregular se mantenga en el ámbito del derecho administrativo sancionador, asegurando el respeto de las garantías fundamentales y la adopción de medidas compatibles con los estándares internacionales de derechos humanos.
En la misma línea, el INDH se refirió al proyecto de ley que modifica la Ley de Migración y Extranjería para restringir el acceso de personas migrantes en situación irregular a beneficios de cargo fiscal. La iniciativa propone aumentar las exigencias para acceder a prestaciones estatales y establecer medidas como la priorización de nacionales en ámbitos como salud y educación, así como restricciones para la inscripción en el Registro Social de Hogares.
El Instituto recogió las recomendaciones establecidas en su Informe Anual 2025, en lo relativo específicamente a Migración y acceso a derechos, manifestando preocupación por el impacto que estas medidas podrían tener en el ejercicio de derechos económicos y sociales, advirtiendo que podrían generar situaciones de disciminación en función de la nacionalidad o condición migratoria. En particular, se señaló que este tipo de restricciones debe evaluarse en función de principios de igualdad y no discriminación, así como estándares de razonabilidad, necesidad y proporcionalidad, especialmente cuando puedan afectar a grupos de especial protección, como niñas, niños y adolescentes.
En este contexto, el INDH reiteró la importancia de garantizar el acceso a prestaciones sociales en condiciones de igualdad, independientemente de la situación migratoria, y de evitar medidas que puedan implicar retrocesos en el ejercicio de derechos fundamentales.