Este proceso se realiza de cara a la rendición del VI Informe Periódico Nacional que deberá rendir el Estado de Chile ante el Comité. Los insumos recogidos serán consignados tanto en un Informe Nacional como en un Informe Complementario, cuya elaboración corresponde al INDH.
Al ratificar en 1988 la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (1984), Chile asumió la obligación de informar al Comité periódicamente respecto de los avances y desafíos en la aplicación de este instrumento.
El Estado de Chile debía presentar el VI Informe Periódico Nacional el 31 de diciembre de 2013, por lo que se registran casi dos años de retraso en su entrega.