Debido a las lesiones sufridas por el adolescente de 14 años de la comunidad Coñomil Epuleo, de parte de Carabineros, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) interpuso un recurso de amparo pues consideró que constituye un acto ilegal y arbitrario que afectó a la seguridad individual del joven.
El hecho ocurrió el pasado 28 de septiembre, cuando un grupo de mapuche perteneciente a la comunidad Coñomil Epuleo, en la Región de la Araucanía, realizó una ceremonia de rogativa en un predio que actualmente pertenece a un privado, ritual desarrollado en el contexto de sus reivindicaciones territoriales. A la llegada de las familias al fundo, existía custodia policial de parte de Carabineros, sin embargo, la rogativa se pudo realizar con normalidad durante el transcurso de la mañana y parte de la tarde. Luego, al final de la tarde, aparecieron en el lugar varios vehículos policiales y funcionarios de Carabineros que comenzaron a disparar y lanzar bombas lacrimógenas. Por ello, y para resguardar la seguridad de los niños/as que los acompañaban, los miembros de la comunidad decidieron retirarse del lugar.
En el momento que todos los miembros de la comunidad se encontraban caminando de regreso a sus hogares, y después de haber salido totalmente del predio en reivindicación, fueron interceptados y encerrados por vehículos tácticos de Carabineros. De su interior descendieron varios funcionarios y, sin mediar diálogo o advertencia, comenzaron a disparar a todas las personas que allí se encontraban, pese a la presencia de los niños/as y adolescentes. Al comienzo de los disparos, los miembros de la comunidad intentaron protegerse, acción que también realizó el adolescente de 14 años, sin embargo, recibió 2 impactos de perdigones percutados por funcionarios de carabineros, primero, en la pierna izquierda y luego en el rostro, en el párpado inferior izquierdo. Así, según la declaración del amparado, Carabineros, en lugar de ayudarlo, trató de tomarlo detenido, lo que no se materializó pues el joven, en las condiciones que se encontraba, logró escapar junto a su madre y el resto de los miembros de la comunidad.
El INDH presentó hoy un recurso de protección a favor del adolescente, pues consideró que la acción de Carabineros constituye un acto ilegal y arbitrario que “redunda en una grave afectación a su seguridad individual, más aún cuando se ha llegado a establecer que no es la primera vez que ocurre una situación de similar naturaleza, en que niños/as resultan heridos por balines o perdigones percutados por funcionarios de carabineros”.
Asimismo, en el amparo se señaló que no existía riesgo inminente en la integridad de Carabineros que justificara el uso de medios disuasivos, situación que resultaba aún más importante de tomar en cuenta al haber presencia de niños, niñas y adolescentes en el lugar. De esta forma, según el amparo, la actuación de Carabineros no se ajustó a los protocolos de fuerzas especiales que deben sujetarse estrictamente a la Constitución y las leyes.
En el recurso además se da cuenta de que, en conformidad al protocolo de “medios disuasivos en uso por Carabineros de Chile en los procedimientos de control del orden público”, el uso de escopetas antidisturbios deberá ser consecuencia de una aplicación necesaria, legal y proporcional. En este sentido, de acuerdo a los hechos que motivan el amparo, “no es posible justificar en ningún caso el actuar policial en cuanto al uso de escopetas antidisturbios en contra de un adolescente mapuche, no sólo porque no se cumplió ninguno de los pasos que se establecen en la gradualidad de su propio protocolo, sino que, además, porque no existían los supuestos fácticos que justificaran el accionar de Carabineros, de conformidad al protocolo referido”.
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