La Corte rechazó los recursos de nulidad de dos sentenciados. Ellos eran parte de una red que hacía ingresar a Chile a mujeres por pasos no habilitados y las obligaba a ejercer la prostitución. Entre las 12 víctimas, hay dos menores de edad. INDH actuó como querellante.
La Corte Suprema ratificó de manera unánime las sentencias del Tribunal Oral de Puerto Montt contra los cuatro involucrados en una red de trata de personas con fines de explotación sexual descubierta en Puerto Montt. En esta causa, en que la sede regional del INDH actúa como querellante, las defensas de dos de los condenados presentaron recursos de nulidad ante la Corte Suprema, que el máximo tribunal rechazó.
De esta forma, quedan firmes las penas para H.J.A.O, H.J.A.R., J.C.U.M. y Y.A.S.L. Respectivamente, recibieron sentencias de presidio perpetuo, 20, 16 y 15 años y un día de presidio. Esto, junto a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas. También, al pago de una multa de 10 UTM cada uno como autores, en distinta calidad y grados, por los delitos consumados de trata de personas con fines de explotación sexual, incluidas menores de edad.
Actuación de la sede
La sede de Los Lagos del INDH en su calidad de querellante formuló su acusación por trata de personas y por asociación ilícita para cometer trata de personas. El tribunal oral de Puerto Montt tuvo por acreditado la perpetración de los hechos, con doce víctimas, dos de ellas menores de edad. Los tratantes las captaban mayoritariamente en Venezuela y las hacían ingresar a Chile por pasos no habilitados. En el país las llevaban a distintas ciudades de la zona sur para realizar labores de índole sexual, dirigidas y supervisadas por ellos.
Ante la Corte Suprema, los condenados en primera instancia reclamaban por la aplicación del delito de trata de personas. Al respecto, la Corte Suprema en su fallo concluyó que “tampoco se observan yerros en lo que se refiere a la calificación jurídica de este ilícito”. A eso, los integrantes de la segunda sala añadieron que “los aspectos de protesta, en realidad, conforman un desacuerdo con la decisión, pero ello no alcanza para concluir la configuración de la causal (de nulidad) planteada”.
INDH Biobío
En tanto, y también por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual, la sede de Biobío del INDH participa como querellante en un caso que involucra a integrantes del Tren de Aragua. Para el próximo 30 de octubre quedó programado el juicio oral por estos hechos, donde hay catorce víctimas, dos de ellas menores de 18 años.
A las víctimas las trajeron a Chile y una vez instaladas les realizaban todo tipo de cobros monetarios, por alojamiento, comida y maquillaje.