INDH querellante: Tribunal Constitucional declara inaplicabilidad de justicia militar en caso de tortura contra un carabinero

By 18 Junio, 2014Noticias INDH

INDH querellante: Tribunal Constitucional declara inaplicabilidad de justicia militar en caso de tortura contra un carabinero

18 Junio, 2014

carros policialesEn mayo de 2013, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó una querella criminal contra tres funcionarios de Carabineros de la 1ª Comisaría de Linares y contra todos aquellos que resulten responsables, en calidad de autores, cómplices o encubridores por el delito de tortura, perpetrado en desmedro de Marcos Antilef Quintulaf, también funcionario de la policía uniformada, quien al momento de la detención se encontraba de franco.

En respuesta a la querella del INDH, el Juzgado de Garantía de Linares se declaró incompetente para revisar la acción judicial contra los funcionarios policiales, al considerar que “los hechos son de competencia de tribunales especiales, pues la acción penal incide en un carabinero”.

Debido a lo anterior, el INDH presentó ante el Tribunal Constitucional (TC) un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, solicitud ante la cual el TC se pronunció –por 6 votos a favor versus 3 en contra- en concordancia con lo planteado por el INDH, al considerar la jurisdicción militar como inaplicable en este caso.

Para el INDH, “el fallo es sumamente relevante pues se trata de aplicar los estándares internacionales de derechos humanos por la justicia constitucional y, más todavía, en un tema respecto al cual nuestro país ha recibido múltiples recomendaciones de los órganos del sistema de Naciones Unidas y una condena por la Corte Interamericana en el caso Palamara, que declaró que la jurisdicción militar vulnera las garantías del debido proceso”.

Según el fallo del TC, “las lesiones sufridas por la víctima no pueden calificarse como actuaciones que formen parte de un acto de servicio, ni que su comisión amerite la posible aplicación de un tipo penal que resguarde bienes jurídicos especiales y de carácter militar”.

El pronunciamiento del TC añade que “a la luz de los nuevos estándares en materia de jurisdicción militar, no existe una justificación constitucionalmente admisible, para que a una persona –civil o militar- se le impida ejercer derechos como víctima de un delito común, y se le prive de un proceso racional y justo”, consignó.

Sobre el caso

Según relata la querella presentada en 2013 por el INDH, Marcos Antilef Quintulaf, se dirigía de vuelta al retén (donde además vivía) luego de acudir a una fiesta familiar, en la que consumió alcohol, lo que produjo que protagonizará un accidente de tránsito. Al llegar Carabineros de Chile al lugar del accidente, se comunicó con el Fiscal de turno quien ordenó la libertad del imputado, a la espera de una citación del tribunal.

Posteriormente, los carabineros que atendieron el caso, trasladaron a Antilef hasta los lugares de pernocta para funcionarios/as dispuestos en la Comisaría. Ante la dificultad de ingresarlo a la habitación, producto de su peso y estado etílico, el funcionario que lo sostenía cayó al piso, lo que “provocó su ira descontrolada, propinándole a la víctima –que se encontraba en el piso- alrededor de 6 golpes de pie, con gran violencia y directamente en la espalda, sin ninguna posibilidad de reaccionar o resguardar su integridad física de la brutal golpiza.

Producto de dicha agresión, Antilef sintió un fuerte dolor y calambre en todo su cuerpo, perdiendo casi inmediatamente la sensibilidad del mismo”, consigna la querella. Luego de transcurridas 16 horas desde la agresión, en que Marcos Antilef “pedía desesperadamente ayuda”, otro funcionario se percató de la situación, gestionando el traslado de la víctima hasta el Hospital Base de Linares, donde se le constató el diagnóstico de fractura cervical y tetraplejia. La Directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos, Lorena Fries, enfatizó que “los hechos ocurridos han sido debidamente constatados y ameritan el accionar del INDH, así como una investigación y sanciones acordes con su gravedad”.