El INDH interpuso esta acción ante el Juzgado de Garantía de Valdivia una vez quedó al descubierto que cinco personas provenientes de China se encuentran hace más de un año sin recibir sueldo.
La sede de Los Ríos del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó ante el Juzgado de Garantía de Valdivia una querella contra todos quienes resulten responsables por el delito de trata de personas con fines de trabajos forzados, delito del cual son víctimas cinco personas que provienen de China.
Según los antecedentes recopilados, las víctimas fueron contactadas en su país por quien dicen que fue su compañero en el ejército chino. Los invitó a viajar a Chile a trabajar en la extracción de oro y en la construcción en distintas comunas de la Región de Los Ríos. La oferta salarial en ese momento fue de más de 3 millones de pesos mensuales.
Entre agosto y octubre de 2023 todos ellos llegaron a Chile. Como no hablan castellano, todos los trámites para viajar e instalarse en el país fueron hechos por quienes hicieron la oferta de trabajo. En nuestro país, han desempeñado en distintas labores durante 19 meses, pero no han recibido pago alguno pese a tener contratos firmados con dos empresas.
Durante este tiempo han tenido que desplazarse a las comunas de Mariquina, La Unión y Río Bueno haciendo desde limpieza y mantenimiento hasta otras labores de construcción o explotación minera. Se alojan en la casa de quien los trajo a Chile, persona que además les entrega alimentos: arroz, fideos y aceite. Cuando que les toca ir a alguna faena, suelen dormir en el suelo.
Argumentos del INDH
En su querella el INDH recuerda que la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los trabajadores(as) migratorios(as) y de sus familiares indica que ningún trabajador migratorio o familiar suyo será sometido a esclavitud ni servidumbre. También, que no se les exigirán que realicen trabajos forzosos u obligatorios.
El INDH señala en la Convención sobre el Trabajo Forzoso de 1930 se dice que el concepto no sólo admite falta de voluntariedad, sino la nula posibilidad que tienen los individuos de rechazar ciertas condiciones laborales cuando se trata de personas pertenecientes a grupos de especial protección, como ocurre en la situación descrita en Valdivia.
Al recordar que el Estado de Chile es parte de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, el INDH recuerda que el país está sujeto a cumplir sus obligaciones. En efecto, entre ellas se encuentra que los Estados adopten todas las medidas apropiadas para prevenir que el derecho a no ser sometido a esas condiciones sea violado, conforme al deber de garantizar el ejercicio de los derechos de todas las personas bajo su jurisdicción.