La sede del INDH pidió ante el Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago que se aplique la pena de 15 años de cárcel por el delito de tortura calificada con resultado de lesiones graves gravísimas: la víctima perdió la visión de un ojo a causa de las agresiones.
Desde este lunes 21, la sede de la Región Metropolitana del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) está interviniendo ante el Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago en el juicio contra 3 funcionarios de Carabineros por las agresiones a una persona en la Plaza Ñuñoa en octubre de 2019, durante la crisis social. El INDH pide que M.R.B.C., G.I.F.S. E.A.G.R. reciban 15 años de cárcel por tortura calificada, con resultado de lesiones graves gravísimas.
Según expone el INDH en la acusación, la víctima fue castigada porque estaba haciendo sonar un sartén con una cuchara en la vereda norte de la Plaza Ñuñoa la noche del 21 de octubre de 2019. Ahí llegaron el teniente M.R.B.C., los cabos Á.L.Y.G. y E.A.G.R. y los carabineros F.I.E.A., N.A.C.C. y G.I.F.S., los que cometieron actos que no eran “necesarios” ni “proporcionales”.
Á.L.Y.G., F.I.E.A., N.A.C.C. G.I.F.S. y E.A.G.R., abusando de su cargo y sin existir riesgo serio para su integridad, golpearon manera conjunta y coetánea a la víctima en varias partes de su cuerpo con pies, puños y el bastón Isomer que portaban. A continuación, M.R.B.C. la pateó en la espalda, de modo que cayó violentamente al piso.
Protocolo de Estambul pedido por el INDH
Una vez que conoció la agresión, el 24 de octubre de 2019, la sede del INDH interpuso una querella ante el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, donde además pidió oficiar al Servicio Médico Legal para que le practicara a la víctima el Protocolo de Estambul, el manual de la ONU con estándares internacionales para investigar y documentar casos de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.
La víctima requirió tratamiento quirúrgico especializado, con una incapacidad de 80 a 90 días. Perdió la visión del ojo izquierdo, lo que afectó su capacidad laboral, además de secuelas notorias en la cara: una cicatriz de 3 centímetros, un ojo hundido, la desviación del tabique nasal y la ausencia de un diente.
Según el Protocolo de Estambul, la víctima tuvo lesiones de carácter grave gravísimas. Además, quedó con secuelas psicológicas graves que perduran en el tiempo, compatibles con un trastorno de estrés postraumático.
Juicio abreviado
Es importante mencionar que el pasado 13 de mayo, en el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago se realizó un juicio abreviado a tres acusados en el caso: A.L.Y.G., N.A.C.C. y F.I.E.A. fueron sentenciados por apremios ilegítimos, obstrucción a la investigación y falsificación de instrumento público.
Á.L.Y.G. y F.I.E.A. recibieron 3 años y 123 días de libertad vigilada intensiva y N.A.C.C., 5 años de libertad vigilada intensiva.