INDH de la RM actúa como querellante en juicio oral en contra de diez carabineros de Estación Central acusados por torturas y apremios

INDH actúa como querellante en esta causa.

La sede del INDH participa en este caso que se inició después de que quedaran al descubierto distintas agresiones cometidas entre octubre de 2016 y diciembre de 2018 por funcionarios de la 21ª Comisaría.

La sede de la Región Metropolitana del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) participa, ante el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, en el juicio en contra de diez carabineros acusados de variadas agresiones perpetradas entre octubre de 2016 y diciembre de 2018.

Es importante recordar que este caso, que involucra a funcionarios que pertenecían a la 21 Comisaría de Carabineros de Estación Central, comenzó originalmente en julio de 2023. Pero ese primer juicio se declaró nulo porque uno de los magistrados del tribunal oral presentó una licencia médica.

De esta manera, recién ahora en marzo de 2025 empieza un nuevo juicio donde el INDH es querellante, durante el cual serán presentadas las pruebas en contra de los acusados.

Se trata de C.J.R.L.A., acusado como autor de cinco delitos de apremios ilegítimos y tres delitos de tortura. También, F.V.B.R., acusada por un delito de tortura. A ella le sigue C.A.A.S., por dos delitos de apremios ilegítimos. A continuación, se encuentra C.P.R.C.O., como autor de un delito de apremios ilegítimos previo a la vigencia de la ley 20.968, un delito de tortura y un delito de apremios ilegítimos. El quinto acusado es C.J.S.S., por un delito de tortura y dos delitos de apremios ilegítimos.

Los otros cinco acusados son C.A.V.M., como autor de un delito de tortura. Le sigue L.H.H.G., por un delito de tortura. También se encuentra L.S.M.A. como autor de un delito de apremios ilegítimos. L.I.N.M. está acusado por un delito de apremios ilegítimos y un delito de tortura. El último es G.G.J.G.B. como autor de un delito de tortura.

Penas solicitadas por el INDH

Entre las penas más altas solicitadas por la sede de la Región Metropolitana del INDH en su acusación destacan cinco casos: para C.J.R.L.A. una pena de 20 años de cárcel; para C.P.R.C.O. una pena de 17 años y un día de cárcel; para C.J.S.S. también una pena de 17 años y un día de cárcel. Y para L.I.N.M., una pena de 15 años y un día de cárcel.

Dos hechos destacan entre los diez mencionados por la acusación del INDH, en los cuales fueron víctimas personas que estaban en situación de calle, comerciantes ambulantes, taxistas, adolescentes que se desplazaban por las calles e incluso empleados de terminales de buses.

El primero ocurrió el 7 de noviembre de 2017. Luego de que un coche policial golpeara a una adolescente de 16 años cerca de calle Exposición, ésta reclamó a quienes iban en el vehículo. Ante eso, C.J.L.A. descendió y la empujó. A continuación, pretextando haber sido agredido, el funcionario redujo a la adolescente y la goleó en la cabeza. Ya en una garita policial, la víctima y su acompañante fueron golpeadas por el mismo agresor.

El funcionario informó la detención de ambas adolescentes por maltrato de obra. Al día siguiente ante el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago, el Ministerio Público las formalizó a las adolescentes a partir de la información proporcionada por la policía. Pero en enero de 2018 el tribunal las sobreseyó. A ambas víctimas el Servicio Médico Legal (SML) les aplicó el Protocolo de Estambul, acción que fue solicitada también por el INDH y que permitió detectar consecuencias psicológicas y psiquiátricas.

Persona con discapacidad

El segundo hecho ocurrió el 12 de marzo de 2017, cuando Carabineros detuvo a una persona analfabeta y discapacidad psíquica que trabaja de lustrabotas en el sector de calle Ruiz Tagle con Alameda. Su detención se produjo durante el requerimiento de una cédula de identidad.

Los uniformados lo trasladaron a la 21 Comisaría de Estación Central y pese a mantenerse esposado, recibió golpes de C.P.C.O. Luego, éste último le ordenó que se lavara la cara, le dio una polera y le dijo que no hablara de lo ocurrido. Esta detención no condujo a procedimiento policial alguno y tampoco se comunicó al Ministerio Público.

La víctima resultó con múltiples lesiones, constatadas en el Hospital San Juan de Dios. Entre éstas se cuentan lesiones en la cabeza, el tórax y el abdomen. El SML aplicó en este caso el Protocolo de Estambul, también pedido por el INDH y que indica que sus lesiones se deben a objetos contundentes y da un pronóstico médico legal de mediana gravedad.

El protocolo también indica que la víctima presenta “vivencia de abuso de poder y agresión física constatada médicamente por carabinero a quien denuncia”.

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