La Corte de Apelaciones de Temuco estimó que la situación que viven las personas privadas de libertad no puede explicarse por argumentos tales como lo antigua y precaria de la infraestructura carcelaria.
La segunda sala de la Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de amparo que interpuso la sede de La Araucanía del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) e instruyó a Gendarmería a implementar una serie de reparaciones en los baños del Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) de Temuco debido a los focos infecciosos que fueron detectados.
La sede del INDH presentó este recurso de amparo tras una observación a uno de los módulos de imputados del penal. El documento fue interpuesto en favor de 23 personas privadas de libertad, quienes están obligadas a utilizar sólo una taza turca y una ducha. La situación devino en foco de infecciones, malos olores y condiciones indignas, porque el lugar se infiltra con fecas y orinas.
Dadas estas condiciones higiénicas, la corte estimó que Gendarmería incumple normativas nacionales e internacionales a las que Chile está obligado. “El respeto y preservación de los DD.HH. de todas las personas, incluidas las que se encuentren privadas de libertad, no puede ceder frente a argumentos tales como lo antigua y precaria de la infraestructura carcelaria (…) Día a día el Estado de Chile, al adoptar una actitud pasiva y de desidia frente a las palmarias y reconocidas violaciones a la seguridad personal de los amparados, está conculcando el derecho a un trato digno; a no ser sometidas a tratamientos inhumanos, crueles y degradantes, así como al derecho a no sufrir ninguna forma de discriminación y a una vida libre de todo tipo de violencia, particularmente la institucional, que le son reconocidos a las condenadas”, razonaron los ministros de la Corte de Temuco.
Entonces, la sala instruyó a Gendarmería a adoptar, en forma urgente, todas las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la tutela del derecho fundamental afectado, “debiendo informar a esta Corte, con copia al Instituto Nacional de Derechos Humanos, acerca del proceso de reparación y habilitación de servicios sanitarios, duchas, W.C. y en especial los problemas de infraestructura que impiden el digno acceso a servicios sanitarios, en un plazo máximo de dos meses”. Junto con ello, instruye a Gendarmería a que en un plazo de 15 días debe solucionar la filtración del baño del piso superior y que afecta al baño de los afectados.