

Ambos ingresaron ilegalmente al país, pero autodenunciaron su situación para participar del proceso de regulación migratoria impulsado por el Gobierno.
La Corte revocó las expulsiones decretadas por la Intendencia de Tarapacá sosteniendo, en ambos casos que hay razones fundadas que indican el arraigo de los amparados. En el caso del mejicano por tener una red de apoyo en el país y por contar con los recursos para sostenerse mientras encuentra trabajo en su profesión de administrador de empresas turísticas. Y, en el caso de la ciudadana boliviana, por vivir en Chile sus dos hijos y por contar con un contrato de trabajo.
De este modo ambos podrán permanecer en el país mientras regularizan su situación migratoria.