En un fallo unánime el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Rancagua condenó al ex funcionario de Carabineros A.R.F.S. a 541 días de reclusión por el delito de vejación injusta, perpetrada en noviembre de 2019, en el marco de manifestaciones debido a la crisis social. El ex sargento, quien utilizó como un escudo humano a un adolescente, recibió el beneficio de remisión condicional de la pena. La sede de O’Higgins del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) actuó como querellante en este caso.
El jefe (s) de la Unidad de Protección de Derechos del INDH, Pablo Rivera, dijo que “atendida la calificación jurídica y la pena del tribunal, es decir, vejaciones injustas y 541 días de pena remitida, estudiaremos los antecedentes del fallo para evaluar los cursos a seguir, si es que procede que se presente un recurso ante los tribunales superiores, porque el INDH acusó por el delito de apremios ilegítimos, lo que en su oportunidad fue rechazado por el tribunal”.
Según al fallo, la tarde del 6 de noviembre de 2019 y mientras se registraban manifestaciones en Rancagua, A.R.F.S. se acercó por la espalda a un joven de 17 años, a quien “cogió” del cuello, inmovilizó y llevó hacia un furgón. Pero en vez de meterlo al coche policial, “al observar que las manifestaciones continuaban, se devolvió con el joven asido fuertemente del cuello y percutió contra los manifestantes un cartucho de la carabina lanza gases que portaba”, dice la sentencia dada a conocer este lunes 6 de febrero.
“La exposición que el policía hizo del adolescente contrarió la norma jurídica y violentó sus derechos humanos, sin perjuicio de la edad del afectado, lo que agrava aún más la conducta del acusado. Se trató de una conducta relevante y nimia en razón de los derechos afectados al adolescente”, estimaron los jueces Carolina Garrido, Óscar Castro y Pablo Villar.
El entonces sargento “se debió representar lo innecesario e improcedente de su actuar”, dice la sentencia, “sobre todo si el carro policial estaba tan cerca del lugar de detención. No fue cuestión de que el policía con el retenido de camino al carro de Carabineros recibiere proyectiles y éste se volteare para disparar su carabina y así dispersar a la turba, sino que desanduvo el trecho recorrido y regresó al medio de la calzada para activar su arma disuasiva. Con ello exhibió al retenido a sus compañeros de protesta como un ‘trofeo’, sin existir necesidad evidente para ello. La conducta del policía transformó al adolescente en una mera cosa que desveló su total desprecio por su condición de ser humano, lo deshumanizó”.
En tribunal sancionó también a A.R.F.S. con la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y el pago de las costas del proceso.