Partió juicio oral contra 10 carabineros que se originó en una querella interpuesta por el INDH

INDH actúa como querellante en esta causa.

Estos hechos ocurrieron entre 2016 y 2018 e involucran al personal de la 21 Comisaría de Estación Central. Las víctimas son diversas, van desde adolescentes que caminaban por la calle hasta choferes de taxi. La sede de la RM del INDH es parte en este juicio.

Ante el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Santiago partió este lunes 24 de julio el juicio contra diez funcionarios de Carabineros acusados por una serie de agresiones entre octubre de 2016 y diciembre de 2018. Los diez hechos por los cuales se les juzgará ocurrieron en Estación Central y entre las víctimas hay personas que estaban en situación de calle, comerciantes ambulantes, taxistas, adolescentes que se desplazaban por las calles y empleados de terminales de buses.

Los abogados de la sede de la Región Metropolitana del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) actúan como querellantes en esta causa. En estos hechos, el INDH interpuso la querella que originó la investigación en 2017.

Los acusados por el INDH son los siguientes:

  • J.L.A. con un delito de falsificación de instrumento público en concurso con obstrucción a la investigación, un delito de detención ilegal, cinco delitos de apremios ilegítimos y tres delitos de tortura.
  • V.B.R. con un delito de tortura.
  • A.A.S. con dos delitos de apremios ilegítimos.
  • P.C.O. con un delito de apremios ilegítimos previo a la entrada en vigencia de la Ley 20.968, un delito de tortura y un delito de apremios ilegítimos.
  • J.S.S. con un delito de tortura y dos delitos de apremios ilegítimos.
  • A.V.M. con delitos de falsificación de instrumento público en concurso con obstrucción a la investigación, tortura, uso malicioso o fraudulento de suposición o falsificación de firma de funcionario público para cometer el delito de tortura y robo con violencia.
  • H.H.G. con un delito de tortura.
  • S.M.A. con un delito de apremios ilegítimos.
  • I.N.M. con un delito de apremios ilegítimos y un delito de tortura.
  • G.G.B. con un delito de tortura.

Entre las situaciones con mayor grado de violencia se pueden mencionar las siguientes:

Dos mujeres

Durante la tarde del 7 de noviembre de 2017 un furgón policial golpeó en una pierna a una adolescente de 16 años cerca de calle Exposición. La afectada le reclamó a quienes iban a bordo del vehículo. Ante eso, el subteniente C.J.L.A. descendió y empujó a la víctima. Enseguida, pretextando haber sido agredido, el funcionario redujo a la adolescente y comenzó a darle golpes de puño en la cabeza. Ya en una garita policial, ella y su acompañante fueron golpeadas por el mismo subteniente, quien además efectuó varios actos denigratorios.

El funcionario de Carabineros informó la detención de ambas víctimas por el delito de maltrato de obra. Al día siguiente ante el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago el Ministerio Público formalizó a las adolescentes a partir de la información proporcionada por la policía. Pero en enero de 2018 el tribunal las sobreseyó. A ambas víctimas el Servicio Médico Legal (SML) les aplicó el Protocolo de Estambul, detectando consecuencias psicológicas y psiquiátricas.

Lustrabotas

La mañana del 12 de marzo de 2017, funcionarios de Carabineros detuvieron a una persona analfabeta y con discapacidad psíquica, que trabaja de lustrabotas en el sector de calle Ruiz Tagle con Alameda. Su detención se produjo durante el requerimiento de una cédula de identidad. Los uniformados trasladaron a la víctima a la 21 Comisaría de Estación Central y pese a mantenerse esposado, recibió golpes de C.P.C.O. Luego, éste último le ordenó que se lavara la cara y le entregó una polera. Le dijo que no hablara de lo ocurrido. Esta detención no condujo a procedimiento policial alguno y tampoco se comunicó al Ministerio Público.

La víctima resultó con múltiples lesiones, constatadas en el Hospital San Juan de Dios. Entre éstas se cuentan lesiones en la cabeza, el tórax y el abdomen. El SML también aplicó en este caso el Protocolo de Estambul, documento donde se indica que sus lesiones se explican por la acción de objetos contundentes y da un pronóstico médico legal de mediana gravedad. El protocolo también indica que la víctima presenta “vivencia de abuso de poder y agresión física constatada médicamente por carabinero a quien denuncia”.

Los hechos tienen relación con el suboficial mayor (r) Francisco Arzola Ruiz, denominado por vendedores ambulantes del sector como el “paco nazi”, por tormentos y torturas que perpetró contra ellos. Las penas que pesan sobre él suman 22 años de presidio efectivo.

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