

Desde 2011, el INDH ha recomendado al Estado tomar medidas para solucionar los conflictos socioambientales en Quintero, Puchuncaví y Concón, pero éstas no han sido suficientes para garantizar el derecho a un medioambiente libre de contaminación.
Los graves conflictos socioambientales, como el de la zona de sacrificio Quintero-Puchuncaví, afectan múltiples derechos humanos, como el derecho a la vida, a la salud física y mental, a la alimentación y a la vivienda adecuada, a la educación y al trabajo seguro, entre otros. La gravedad es mayor cuando se afecta a grupos vulnerables (niños, niñas, adolescentes, mujeres, personas mayores y en situación de discapacidad).
El Plan de Acción Nacional de Derechos Humanos y Empresas, aprobado por el Estado de Chile en base a los 31 principios sobre Empresas y Derechos Humanos de Naciones Unidas, considera tres pilares fundamentales: 1) el deber de prevención de los Estados, respecto de vulneraciones que terceros -por ejemplo, empresas públicas o privadas- pudieran producir a los derechos humanos; 2) el reconocimiento, por parte de las empresas de la responsabilidad que les atañe en el respeto de esos derechos; y 3) la obligación de las empresas y el Estado de remediar las eventuales vulneraciones por todas las vías posibles.
De esta forma, en materia de derechos humanos y empresas, la debida diligencia apunta a que éstas identifiquen, prevengan, mitiguen y respondan, cuando sus procesos productivos afecten, por acción u omisión, a los habitantes de un determinado territorio.