CONSEJEROS Y CONSEJERAS

– Juan Carlos Cayo Rivera: designado por el Presidente de la República Gabriel Boric.

– Consuelo Contreras Largo: elegida por el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil del INDH.

– Beatriz Corbo Atria: elegida por el Senado de la República

– Ignacio Covarrubias Cuevas: elegido por los decanos/as y directores/as de facultades de Derecho de las universidades del Consejo de Rectores y de universidades autónomas.

– Sebastián Donoso Rodríguez: designado por el ex Presidente Sebastián Piñera.

– Haydee Oberreuter Umazabal: elegida por el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil del INDH.

– Cristian Pertuzé Fariña: designado por la Cámara de Diputados.

– Paula Salvo del Canto: designado por la Cámara de Diputados.

– Francisco Ugás Tapia: elegido por el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil del INDH.

– Constanza Valdés Contreras: elegida por el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil del INDH.

– Lieta Vivaldi Macho:
 elegida por el Senado de la República.

Funciones, facultades y atribuciones (Ley N°20.405, Art. 8):

Corresponderá al Consejo:

  • Dictar los Estatutos de la Corporación y sus modificaciones.
  • Presentar al Presidente de la República, al Congreso Nacional y al Presidente de la Corte Suprema el informe anual establecido en el artículo 3°, N° 1.
  • Emitir pronunciamiento acerca de las consultas que el Presidente de la República, el Congreso Nacional o los Tribunales de Justicia le hagan, en el marco de sus competencias.
  • Emitir su pronunciamiento en relación con las materias indicadas en la presente ley.
  • Aprobar, a proposición del director, los planes y programas de acción del Instituto para el cumplimiento de su cometido.
  • Solicitar de los ministerios, servicios y organismos de la administración del Estado la información y antecedentes que sean necesarios para el conocimiento sobre una cuestión que pertenezca especialmente a su competencia.
  • Comisionar a uno o más consejeros o al director para recibir, fuera de su lugar de asiento, informaciones relativas a su competencia.
  • Pronunciarse acerca del informe de gestión presupuestaria que anualmente deberá presentar el director.
  • Dictar todas las normas internas para su funcionamiento, incluidas las relativas a su organización interna, y resolver todo asunto que sea necesario para el adecuado desarrollo de la labor del Instituto. Asimismo, dictar una norma general en materia de personal que regule las relaciones laborales que vinculen al Instituto con sus trabajadores, el que deberá contener normas sobre la forma en que se efectuarán los nombramientos y la provisión de cargos vacantes, los mecanismos de ascensos y promociones y los sistemas de calificación y capacitación del desempeño laboral.
  • Manuel Núñez
  • Carmen Domínguez
  • Estefanía Esparza
  • Paula Troncoso
  • Leonel Lienlaf
  • Enrique Morales
  • Marta Maurás
  • José Aldunate Lyon
  • Ivenet Dorsainvil
  • Viviana Díaz (Premio Nacional de Derechos Humanos 2013)
  • María Soledad Cisternas (Premio Nacional de Derechos Humanos 2014)

Directora: Consuelo Contreras Largo

Funciones, facultades y atribuciones (Ley N°20.405, Art. 9; Resolución Exenta N°121-2020, Art.4):

Tendrá las facultades y atribuciones que establecen la Ley, los estatutos y los reglamentos aprobados por el Consejo, las que se ejercerán de la forma como se señala a continuación y de conformidad a las políticas generales y directrices aprobadas por el Consejo.

Ley N°20.405, Art. 9:

  • Presidir las sesiones del Consejo.
  • Dictar las resoluciones necesarias para dar cumplimiento a los acuerdos del Consejo.
  • Elaborar una propuesta del Informe Anual establecido en el artículo 3°, N° 1 y de los demás informes a que se refiere esta ley y presentarlos a la aprobación del Consejo.
  • Realizar todas las acciones que el Consejo le encomiende.
  • Las demás que le señale la ley

Facultad de Dirección Administrativa (Resolución Exenta N°121-2020, Art.5): La facultad de dirigir administrativamente al Instituto comprende la atribución de planificar, organizar, dirigir, efectuar la gestión presupuestaria, administrar los recursos humanos y materiales, proponer los reglamentos internos, efectuar las contrataciones de bienes, servicios y de personal, adquirir y enajenar todo tipo de bienes muebles, coordinar y controlar el funcionamiento general del Instituto y velar por el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales.

El/la Director/a requerirá autorización previa del Consejo para la adquisición y enajenación de los bienes inmuebles del Instituto.

La facultad administrativa incluye la gestión y coordinación de las actuaciones del Instituto y sus diferentes áreas, unidades, sedes regionales y reparticiones, cualquiera sea su denominación, en los distintos puntos del país; y la elaboración de manuales y procedimientos para la gestión administrativa del Instituto.

Facultad de representación judicial (Resolución Exenta N°121-2020, Art.6): La facultad de representar judicialmente al Instituto comprende las facultades contempladas en el artículo 7º del Código de Procedimiento Civil en ambos incisos.

Sin perjuicio de lo anterior, el/la Director/a deberá informar previamente al Consejo siempre que pretenda hacer uso de las facultades de desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, renunciar a los recursos o términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores y aprobar convenios.

Facultad de representación extrajudicial e internacional (Resolución Exenta N°121-2020, Art.7): La facultad de representación extrajudicial e internacional, comprende las atribuciones necesarias para actuar en nombre del Instituto, en el ámbito de sus funciones y competencias. Para estos efectos, podrá celebrar todo tipo de actos jurídicos, contratos y convenios con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras.

En el ejercicio de sus facultades de representación internacional, le corresponderá también brindar la colaboración al Ministerio de Relaciones Exteriores, a las Naciones Unidas, a la Organización de Estados Americanos y a otras instituciones internacionales, regionales y de otros países, en los términos previstos en el artículo 3° N°7 y 8 de la Ley, facultad que deberá ser ejercida sobre la base de los criterios y políticas generales establecidos por el Consejo.

El/la Director/a podrá además brindar asesoría en las materias de competencia del Instituto a organismos públicos y privados, en los términos señalados en el artículo 3° N°10 de la Ley, facultad que deberá ser ejercida sobre la base de los criterios y políticas generales establecidos por el Consejo.

Gabinete: compuesto por asesores/as de Dirección.

Jefatura: Boris Bezama Núñez

Funciones (Resolución Exenta N°121-2020, Art.8):

Para el ejercicio de sus funciones y atribuciones, el/la Director/a contará con un Gabinete integrado por asesores/as que lo apoyarán en aspectos estratégicos para su gestión, entre los que deberá considerar los de Comunicaciones, Gestión Territorial y Asesoría Jurídica Administrativa, entre otras. Sus funciones e integrantes los definirá el/la Director/a, según las necesidades que detecte y las prioridades que fije.

En todo caso, el Gabinete siempre deberá organizar y coordinar todos los antecedentes, información y agenda de las actividades que realice el/la Director/a; en conjunto con el área, unidad o sede que corresponda, las reuniones del/la Director/a con áreas o unidades internas, asociaciones de funcionarios/as, con personas o entidades externas y con representantes de la sociedad civil; la realización de eventos de carácter internacional, relacionados con temas de derechos humanos; y los temas de carácter internacional que el/la Director/a le encomiende, entre otros.

  1. Áreas de apoyo a Dirección: Cada área está dirigida por un asesor/a y dependen directamente de Dirección:
  2. a) Área de Gestión Territorial, asesora encargada María José Armisen.
  3. b) Área de Comunicaciones, asesora encargada Romina Palma.
  4. c) Área de Asesoría Jurídica Administrativa, asesor encargado Juan Carlos Anabalón.

Funciones Área de Gestión Territorial (Resolución Exenta N°121-2020, Art.9):

Será responsable de realizar la gestión con las distintas sedes regionales y de cualquier otra repartición desconcentrada territorialmente. Sus funciones consistirán en:

  1. a) Canalizar la comunicación entre la Dirección, sus áreas y unidades, con las sedes regionales y otras reparticiones, coordinando los requerimientos técnicos y/o temáticos de las sedes regionales.
  2. b) Realizar seguimiento a las acciones judiciales, evacuando trimestralmente un informe detallado a la Dirección del Instituto.
  3. c) Prestar cooperación y asesoría técnica a las sedes regionales y áreas, unidades y/o reparticiones desconcentradas territorialmente y mantener interlocución con ellas.
  4. d) Las demás funciones que el/la Director/a del Instituto le encomiende.

Funciones Área de Comunicaciones (Resolución Exenta N°121-2020, Art.10):

Será responsable de:

  1. a) Diseñar una política de comunicaciones externa e imagen corporativa del Instituto e implementarla una vez aprobada por el/la director/a.
  2. b) Proponer campañas de difusión institucional y ejecutarlas una vez aprobadas por el/la director/a.
  3. c) Asesorar al/la director/a en la construcción del discurso público del Instituto y en la relación con los medios de comunicación.
  4. d) Elaborar y administrar la difusión de contenidos del Instituto en los medios institucionales, medios de comunicación y redes sociales.
  5. e) Diseñar e implementar un plan de medios en el marco de la planificación anual.
  6. f) Desarrollar un proyecto de Relaciones Públicas que destaque el accionar del Instituto en el ámbito social, político, cultural y educacional.
  7. g) Proponer e implementar campañas de difusión sobre el quehacer del Instituto.
  8. h) Apoyar a las áreas, unidades y sedes regionales en sus vocerías, en el marco de los reglamentos y protocolos existentes.
  9. i) Las demás funciones que le encomiende el/la director/a, dentro de su especialidad.

Funciones Área de Asesoría Jurídica Administrativa (Resolución Exenta N°121-2020, Art 11):

La asesoría en materia jurídica administrativa comprende las siguientes funciones:

  1. a) Prestar asesoría jurídica administrativa al/la director/a y a las áreas y unidades que lo requieran.
  2. b) Efectuar el control de legalidad de los actos administrativos del Instituto y de los convenios y otros actos jurídicos relativos a la cooperación internacional.
  3. c) Revisar los contratos de adquisición de bienes muebles y prestación de servicios y sus resoluciones aprobatorias.
  4. d) Asesorar jurídicamente a la Unidad de Personas en las materias propias de su competencia.
  5. e) Participar y asesorar en la elaboración y revisión de reglamentos, manuales, instrucciones, normativas internas y procedimientos del Instituto.
  6. f) Asesorar al/la director/a en aspectos jurídicos de la gestión del registro de instituciones establecido en el artículo 6º letra e) de la Ley.
  7. g) Revisar e informar la legalidad de los procesos disciplinarios que se instruyan por orden del/la director/a; y diseñar y mantener un registro de sumarios actualizado.
  8. h) Emitir informes legales a solicitud del/la director/a en materias de relevancia jurídica administrativa para el Instituto.
  9. i) Estandarizar modelos de resoluciones, bases de licitación, contratos y otros instrumentos jurídicos de general aplicación.
  10. j) Responder los requerimientos jurídicos de la Contraloría General de la República u otros órganos del Estado, previo informe de la unidad o área correspondiente en su caso.
  11. k) Coordinar la actividad de abogados externos contratados para representar al Instituto en juicios civiles, laborales y administrativos en general.
  12. l) Las demás materias jurídicas administrativas que le encomiende el/la director/a, dentro de su especialidad.

Unidad de Estudios y Memoria:

Jefatura (S): Loreto López González

Funciones (Resolución Exenta N°121-2020, Art. 13):

  1. Elaborar la propuesta de contenidos del informe anual sobre la situación nacional de los derechos humanos, para ser presentada a su director/a y posterior aprobación por el Consejo, según lo contemplado en el artículo 3º Nº 1 de la Ley.
  2. Elaborar informes especiales y desarrollar investigaciones sobre situaciones de derechos humanos de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º Nº 2 de la Ley.
  3. Proponer al/la director/a medidas dirigidas a los órganos del Estado destinadas a favorecer la protección y promoción de los derechos humanos a que se refiere el artículo 3º Nº 3 de la Ley.
  4. Proponer al/la director/a medidas que promuevan que la legislación, los reglamentos y las prácticas nacionales se armonicen con los tratados internacionales de derechos humanos en los términos establecidos en el artículo 3º Nº 4 de la Ley.
  5. Elaborar informes para las Naciones Unidas y para las instituciones regionales y nacionales que sean competentes, en la promoción y protección de los derechos humanos.
  6. Promover convenios con organismos públicos o privados para el desarrollo de programas de investigación en materia de derechos humanos.
  7. Implementar una línea de publicaciones a partir de las investigaciones, estudios y reportes que elabore la unidad.
  8. Generar y organizar información estadística propia e indicadores de medición y cumplimiento para el seguimiento del cumplimiento en materia de derechos humanos, en el ámbito de competencias de la unidad.
  9. Realizar e impulsar investigaciones y estudios destinados a preservar la memoria histórica en materia de derechos humanos.
  10. Coordinar la gestión de documentación y archivos de derechos humanos, lo que comprende entre otras funciones la recopilación, sistematización y análisis con el fin de generar acciones y conocimientos en esta materia.
  11. Organizar, custodiar y mantener en un repositorio destinado especialmente al efecto, los documentos y antecedentes necesarios para la preservación y promoción de la memoria histórica; y difundirlos, cuando la ley así lo permita.
  12. Las demás funciones que le encomiende el/la director/a, dentro de su especialidad.

Áreas: Esta unidad no posee áreas.

Jefatura (S): Alejandro Lorca Ramírez

Funciones (Resolución Exenta 121-2020, Art.17):

  1. Desarrollar y ejecutar una política de recursos humanos, que incluya entre otros aspectos: desarrollo de personal, ciclo de vida laboral, evaluación de desempeño, capacitación, bienestar, calidad de vida, prevención de riesgos y accidentabilidad.
  2. Implementar acciones preventivas, correctivas y de seguimiento que aseguren el mejoramiento continuo de los procesos del personal a cargo.
  3. Formular propuestas vinculadas a las personas, acorde a la línea de trabajo del Instituto, con el fin de dar coherencia y sustentabilidad al desarrollo del personal con los objetivos institucionales.
  4. Proponer, diseñar, ejecutar y evaluar los instrumentos orientados a generar perfiles por competencias de directivo/as y funcionarios/as, que permitan contar con personal idóneo para las responsabilidades y funciones que requiere el quehacer del Instituto.
  5. Propiciar y crear el diálogo institucional, creando instancias de participación en aspectos motivacionales, recreacionales, de salud y bienestar, deportivos y de calidad de vida en general, con los/as funcionarios/as y/o sus representantes.
  6. Diseñar y ejecutar una política de comunicaciones internas, destinada al personal del Instituto.
  7. Planificar, dirigir, coordinar y controlar los procesos de selección, permanencia, desarrollo y desvinculación de las personas que prestan servicios en el Instituto de acuerdo a las políticas, normas y procedimientos vigentes y a los objetivos definidos para el período de gestión.
  8. Coordinar las acciones de movimientos, ingresos, egresos, calificaciones y reconocimiento de los beneficios del personal, tales como vacaciones, permisos, licencias médicas y otros; y proveer información para el pago de remuneraciones e imposiciones previsionales.
  9. Establecer normas, reglamentos, protocolos y manuales sobre prevención de riesgos para el Instituto, de acuerdo a las disposiciones legales, brindando una acción educativa y de capacitación a los/as funcionarios/as.
  10. Efectuar registros de evaluaciones estadísticas de los resultados y de la información sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
  11. Detectar necesidades del personal para planificar, organizar, coordinar, controlar y evaluar su capacitación; y proponer programas de capacitación basados en políticas y objetivos institucionales, realizando periódicamente las evaluaciones y seguimiento correspondiente.
  12. Las demás funciones que le encomiende el/la director/a, dentro de su especialidad.

Áreas: Esta unidad se compone de las siguientes áreas:

  1. Área de Gestión de Personas: encargado Paulo Sebastián Funes
  2. Área de Desarrollo de Personas

 

Funciones Área de Gestión de Personas (Resolución Exenta 114-2024):

 

  1. Desarrollar y ejecutar una política de recursos humanos, que incluya entre otros aspectos: ciclo de vida laboral
  2. Implementar acciones preventivas, correctivas y de seguimiento que aseguren el mejoramiento continuo de los procesos del personal a cargo.
  3. Formular propuestas vinculadas a las personas, acorde a la línea de trabajo del Instituto, con el fin de dar coherencia y sustentabilidad al desarrollo del personal con los objetivos institucionales.
  4. Planificar, dirigir, coordinar y controlar los procesos permanencia y desvinculación de las personas que prestan servicios en el Instituto de acuerdo a las políticas, normas y procedimientos vigentes y a los objetivos definidos para el período de gestión.
  5. Coordinar las acciones de movimientos, ingresos, egresos, calificaciones y reconocimiento de los beneficios del personal, tales como vacaciones, permisos, licencias médicas y otros; y proveer información para el pago de remuneraciones e imposiciones previsionales

 

 

Funciones Área Desarrollo de Personas (Resolución Exenta 114-2024):

  1. Desarrollar y ejecutar una política de recursos humanos, que incluya entre otros aspectos: desarrollo de personal, evaluación de desempeño, capacitación, bienestar, calidad de vida, prevención de riesgos y accidentabilidad.
  2. Implementar acciones preventivas, correctivas y de seguimiento que aseguren el mejoramiento continuo de los procesos del personal a cargo.
  3. Formular propuestas vinculadas a las personas, acorde a la línea de trabajo del Instituto, con el fin de dar coherencia y sustentabilidad al desarrollo del personal con los objetivos institucionales.
  4. Proponer, diseñar, ejecutar y evaluar los instrumentos orientados a generar perfiles por competencias de directivo/as y funcionarios/as, que permitan contar con personal idóneo para las responsabilidades y funciones que requiere el quehacer del Instituto.
  5. Propiciar y crear el diálogo institucional, creando instancias de participación en aspectos motivacionales, recreacionales, de salud y bienestar, deportivos y de calidad de vida en general, con los/as funcionarios/as y/o sus representantes.
  6. Diseñar y ejecutar una política de comunicaciones internas, destinada al personal del Instituto.
  7. Planificar, dirigir, coordinar y controlar los procesos de selección y desarrollo de las personas que prestan servicios en el Instituto de acuerdo a las políticas, normas y procedimientos vigentes y a los objetivos definidos para el período de gestión.
  8. Establecer normas, reglamentos, protocolos y manuales sobre prevención de riesgos para el Instituto, de acuerdo a las disposiciones legales, brindando una acción educativa y de capacitación a los/as funcionarios/as.
  9. Efectuar registros de evaluaciones estadísticas de los resultados y de la información sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
  10. Detectar necesidades del personal para planificar, organizar, coordinar, controlar y evaluar su capacitación; y proponer programas de capacitación basados en políticas y objetivos institucionales, realizando periódicamente las evaluaciones y seguimiento correspondiente.

Sedes Regionales:

Existen sedes del Instituto en cada región del país. Están a cargo de un Jefe de Sede Regional, que tendrá carácter de directivo para todos los efectos y responderá ante el/la Director/a del Instituto.

Funciones (Resolución Exenta 121-2020, Art. 19):

  1. Elaborar la propuesta de Informe Anual en lo concerniente a su región y presentarlo al director/a y documentar los casos ocurridos durante el periodo correspondiente.
  2. Difundir en su región el Informe y sus recomendaciones, una vez aprobado por la autoridad.
  3. Comunicar la opinión institucional al Estado, a nivel regional, sobre situaciones relativas a derechos humanos que ocurran dentro de su ámbito territorial.
  4. Solicitar a organismos o servicios regionales del Estado informes sobre situaciones prácticas o actuaciones en materia de derechos humanos.
  5. Proponer a los órganos del Estado, a nivel regional, medidas para favorecer la protección y promoción de los derechos humanos.
  6. Deducir acciones legales en el territorio de su competencia.
  7. Gestionar con el nivel central las solicitudes de antecedentes de las Comisiones de Verdad, que se presenten en su región.
  8. Impulsar, coordinar y difundir acciones de promoción y protección de la memoria histórica.
  9. Difundir el conocimiento de los derechos humanos.
  10. Favorecer la enseñanza de los derechos humanos en todos los niveles.
  11. Asesorar a organismos públicos y privados en materias de competencia del Instituto.
  12. Prestar cooperación y asesoría técnica a la sociedad civil regional y mantener interlocución con ella.
  13. Las demás funciones que el/la director/a del Instituto le encomiende.

Jefatura: Solange Daroch Souyris

Funciones (Resolución Exenta 121_2023, Art.18; Resolución Exenta 018-2023):

  1. Presentar al/la director/a para aprobación del Consejo los lineamientos y directrices estratégicas del Instituto y sus actualizaciones, buscando el cumplimiento de la misión y visión de esta institución.
  2. Gestionar y monitorear el Plan Institucional de Trabajo Anual, verificando el cumplimiento de los planes operativos, objetivos de gestión y la planificación institucional, mediante el seguimiento al cumplimiento de los indicadores de gestión de las distintas áreas, unidades y sedes regionales, para el fortalecimiento de la gestión.
  3. Diseñar, implementar y mantener un sistema de mejora continua de procesos institucionales que permita alinear objetivos estratégicos, con la operación y tecnología. El sistema deberá permitir ajustar desviaciones de los objetivos, apuntar hacia la excelencia operacional y mejorar la eficiencia institucional.
  4. Diseñar, implementar y mantener el Sistema de Gestión de Riesgos, monitoreando el avance general de las estrategias de tratamiento de los riesgos y coordinando todas las etapas relacionadas.
  5. Colaborar en la propuesta de convenios de desempeño institucional de las jefaturas de cada área, unidad o sede regional, realizando seguimiento periódico del avance de los indicadores de cumplimiento.
  6. Formular, proponer, dirigir, difundir y ejecutar el plan de desarrollo informático institucional e implementar acciones preventivas, correctivas y de seguimiento que aseguren el mejoramiento continuo de los procesos informáticos.
  7. Realizar las acciones que permitan dar cumplimiento a las disposiciones sobre transparencia activa de la Ley Nº 20.285 en el Instituto.
  8. Distribuir las solicitudes de acceso a la información pública, administrar la plataforma correspondiente, controlar los plazos de respuesta y coordinar con el Área de Asesoría Jurídica Administrativa el cumplimiento de las normas de la Ley N° 20.285 y su Reglamento.
  9. Las demás funciones que le encomiende el/la director/a, dentro de su especialidad.

Áreas: Esta unidad se compone de las siguientes áreas:

  1. Área de Planificación y Control de Gestión
  2. Área de Tecnologías de la Información: Encargado Samuel Núñez Peralta

 

Funciones Área de Planificación y Control de Gestión (Resolución Exenta 108_2022; Resolución Exenta 066-2023):

  1. Diseñar, implementar y mantener el proceso de planificación institucional, definir anualmente y de manera colaborativa con unidades y sedes regionales el instrumento “Planes y programas”, para la revisión de dirección y aprobación del Consejo del Instituto.
  2. Generar a partir de planes y programas el “Plan operativo anual”, desarrollando indicadores de seguimiento, que permitan evaluar objetivamente el estado de cumplimiento de objetivos y metas institucionales, colaborar con las unidades y sedes regionales en las estrategias para alcanzar los desafíos propuestos, y ajustar las estrategias e iniciativas cuando existan desviaciones.
  3. Realizar ciclos de control de gestión periódicos y reportar el estado de la gestión institucional a dirección, unidades y sedes regionales.
  4. Generar la información de operaciones institucionales y capacidades de los equipos de personas, con el propósito de mantener altos índices de eficiencia y eficacia institucional, con una gestión de calidad.
  5. Diseñar, implementar y mantener un sistema de mejora continua de procesos institucionales que permita alinear objetivos estratégicos, con la operación y tecnología, colaborar en la implementación de un modelo de servicio y atención de excelencia.
  6. Diseñar, implementar y mantener la política de gestión documental.
  7. Diseñar, implementar y mantener el Sistema de Gestión de Riesgos, identificando riesgos, impacto y probabilidad, desarrollar, colaborar y gestionar con unidades y sedes regionales en el desarrollo de planes de mitigación.
  8. Colaborar en la propuesta de convenios de desempeño institucional de las jefaturas de cada área, unidad o sede regional, realizando seguimiento periódico del avance de los indicadores de cumplimiento.
  9. Impulsar la elaboración e implementación de una política de atención de excelencia a las personas que requieran la prestación de los servicios que se encuentran dentro del ámbito de competencias institucionales, soliciten información o presenten reclamos
  10. Realizar las acciones que permitan dar cumplimiento a las disposiciones sobre transparencia activa de la Ley N° 20.285 en el Instituto.
  11. Distribuir las solicitudes de acceso a la información pública, administrar la plataforma correspondiente, controlar los plazos de respuesta y coordinar con el Área de Asesoría Jurídica Administrativa el cumplimiento de las normas de la Ley N°20.285 y su Reglamento.
  12. Otras funciones que la jefatura le solicite dentro del ámbito de competencias que establece el Reglamento.

 

 

 

 

 

Funciones Área de Tecnologías de la Información (Resolución 108_2022):

  1. Implementar y mantener sistemas de información y tecnología que permita dar soporte y generar la información de gestión necesaria para la mejora constante a los procesos institucionales.
  2. Desarrollar y mantener la infraestructura tecnológica que da soporte a los procesos institucionales.
  3. Entregar un soporte técnico especializado de calidad para todos los funcionarios.
  4. Implementar y mantener un sistema de gestión de seguridad de la información institucional, identificando riesgos, probabilidad e impacto, y generando el plan de mitigación.
  5. Formular, proponer, dirigir, difundir y ejecutar el plan de desarrollo informático institucional e implementar acciones preventivas, correctivas y de seguimiento que aseguren el mejoramiento continuo de los procesos institucionales, el plan informático debe incluir iniciativas vinculadas con sistemas de información, infraestructura y soporte de usuarios, y seguridad de la información.

Unidad de Auditoría Interna

Jefatura: Jessica Cárdenas Cabezas

Funciones (Resolución Exenta N°121-2020, Art.12):

  1. Proponer al Consejo, para su aprobación, dentro del primer trimestre de cada año, el Plan Estratégico de Auditoría Interna, el que determinará los lineamientos generales y permanentes de auditoría interna.
  2. Proponer al Consejo, para su aprobación, el Plan Anual de Auditoría dentro del primer trimestre de cada año.
  3. Efectuar un permanente aseguramiento al proceso de gestión de riesgos del Instituto.
  4. Presentar al Consejo, para su conocimiento y mejor decisión, dentro del primer trimestre de cada año, el informe anual de auditoría del año anterior, con las conclusiones, eventuales hallazgos descubiertos en el proceso y recomendaciones formuladas.
  5. Efectuar seguimiento de las recomendaciones y compromisos emanados de los informes de la Contraloría General de la República, Unidad de Auditoría Interna y otros organismos de control; y servir de unidad de coordinación con dichos organismos ante eventuales fiscalizaciones.
  6. Realizar auditorías financieras, operativas y administrativas a las áreas, unidades y sedes regionales del Instituto.
  7. Verificar la existencia, pertinencia, efectividad y confiabilidad de los sistemas de información del Instituto.
  8. Velar por el cumplimiento de las normas de probidad y las disposiciones del Título III de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y sus modificaciones. Asimismo, deberá velar por el cumplimiento de las obligaciones contenidas en la Ley Nº 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos; y en la Ley N° 20.730, que regula el lobby.
  9. Realizar auditorías especiales internas o actuar como contraparte en las auditorías externas que sean solicitadas por el Consejo o el/la director/a.
  10. Evaluar de manera permanente el control interno institucional.
  11. Impulsar acciones destinadas a establecer una cultura de mejora continua en los procesos desarrollados por la Unidad de Auditoría Interna.
  12. Brindar asesoría permanente al director/a en materias propias de su competencia.
  13. Las demás funciones que le encomiende el/la director/a, dentro de su especialidad.

Áreas: Esta unidad no posee áreas.

Jefatura (S): David Bahamondes

Funciones (Resolución Exenta N°121-2020, Art.15):

  1. Elaborar propuestas destinadas a los órganos del Estado para la adopción de medidas que favorezcan la protección y promoción de los derechos humanos a que se refiere el artículo 3° N° 3 de la Ley.
  2. Elaborar propuestas que promuevan que la legislación, los reglamentos y las prácticas nacionales se armonicen con los tratados internacionales de derechos humanos en los términos establecidos en el artículo 3° N° 4 de la Ley.
  3. Diseñar y ejecutar un protocolo de atención de casos para deducir acciones legales ante tribunales de justicia en el ámbito de la competencia del Instituto, en los términos establecidos en el artículo 3° N° 5 de la Ley.
  4. Diseñar y ejecutar un sistema de evaluación y seguimiento legislativo de proyectos de ley, y de leyes vigentes, con incidencia en el tema de los derechos humanos, así como medidas para su adecuación a estándares internacionales en derechos humanos. Para el desempeño de esta función, el jefe de esta Unidad deberá nombrar un encargado.
  5. Diseñar y ejecutar un sistema de seguimiento jurisprudencial de los tribunales de justicia nacionales, extranjeros e internacionales, del Tribunal Constitucional y de la Contraloría General de la República en casos vinculados a temas de derechos humanos.
  6. Elaborar informes en derecho para ser presentados ante los tribunales de justicia y otras instancias nacionales en los ámbitos de su competencia.
  7. Coordinar el diseño e implementación de una estrategia nacional de atención a la ciudadanía, que permita especializar competencias institucionales, para el desarrollo de una gestión moderna en el ámbito de la atención a las personas y gestión de casos.
  8. Elaborar respuestas especializadas a la ciudadanía y tribunales de justicia respecto de solicitudes de información sobre víctimas de violaciones masivas y sistemáticas en Chile.
  9. Realizar acciones de evaluación y diagnóstico del cumplimiento de principios y estándares de derechos humanos en el ejercicio de la función policial, especialmente en la observación y monitoreo de la mantención del orden público a propósito de manifestaciones.
  10. Realizar acciones de observación y monitoreo de las condiciones en que el Estado mantiene los centros de privación de libertad y el trato dado a las personas recluidas en ellos.
  11. Implementar una línea de publicaciones a partir de las investigaciones, estudios y reportes que elabore la unidad, en referencia a las funciones de los literales d), i) y j) del presente artículo.
  12. Generar y organizar información estadística propia e indicadores de medición y cumplimiento para el seguimiento del cumplimiento en materia de derechos humanos, en referencia a las funciones de los literales d}, i) y j) del presente artículo.
  13. Custodiar los documentos y antecedentes de la Comisión Asesora Presidencial para la Calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura, a que se hace referencia en el artículo 3º Nº 6 de la Ley Nº 20.405; y de la Comisión de Prisión Política y Tortura creada por Ley N° 19.992, cumpliendo con las normas de secreto o reserva que establece la ley.
  14. Las demás funciones que le encomiende el/la director/a, dentro de su especialidad.

Áreas: Esta unidad se compone de las siguientes áreas:

  1. a) Área de Atención a la Ciudadanía, encargada Marcela Cerda González

 

Funciones Área de Atención a la Ciudadanía (Resolución Exenta N°66-2023):

  1. Elaborar, implementar y monitorear protocolos de atención a la ciudadanía en general, incluyendo orientaciones para el ingreso y documentación de los casos recibidos según su naturaleza.
  2. Coordinar y monitorear a nivel nacional, el sistema de registro de información de atención a la ciudadanía.
  3. Coordinar la elaboración oportuna de las respuestas a consultas y/o requerimientos de atención que ingresan por el sistema de atención, correspondencia y otras vías, garantizando la resolución oportuna y de calidad de los requerimientos y/o denuncias ingresadas.
  4. Establecer, implementar y monitorear metodología para que los equipos regionales adopten, ajusten y realicen el mejoramiento continuo de los procesos y procedimientos dirigidos a la orientación, atención y derivación de la ciudadanía.

Jefatura: Laura Castillo Álvarez

Funciones (Resolución Exenta 121-2020, Art. 16; Resolución Exenta 018-2023):

  1. Planificar, dirigir, organizar, coordinar y controlar la gestión administrativa de los recursos físicos y financieros del Instituto en los aspectos técnicos, normativos y administrativos que correspondan.
  2. Proponer al/la director/a la formulación del presupuesto anual de la institución, generando los estados financieros correspondientes y controlando el correcto cumplimiento de la normativa interna y externa en las rendiciones de cuentas de recursos transferidos a personas naturales y jurídicas, en los distintos programas de la institución.
  3. Supervisar la ejecución presupuestaria y llevar la contabilidad del Instituto de acuerdo a las normas de Administración Financiera del Estado, manteniendo, actualizando y difundiendo periódicamente esta información.
  4. Realizar las reasignaciones presupuestarias que resulten necesarias para la completa ejecución del presupuesto del Instituto.
  5. Proponer al/la director/a los aumentos presupuestarios que resulten necesarios para el cumplimiento de los objetivos institucionales.
  6. Elaborar el Informe Anual de gestión presupuestaria.
  7. Entregar informes periódicos a la autoridad, de los diferentes centros de costos.
  8. Proponer el Programa de Caja, asignando recursos a las sedes regionales y a las distintas áreas y unidades del Instituto.
  9. Efectuar el pago de remuneraciones, imposiciones previsionales, impuestos relacionados, y todos los pagos relativos al personal; y de los servicios contratados por el Instituto.
  10. Administrar el patrimonio del Instituto y ejecutar normativas en el ámbito presupuestario, de licitaciones y de adquisiciones.
  11. Supervisar y controlar el buen cumplimiento de los contratos celebrados mediante ley de compras públicas y dar cumplimiento a la normativa sobre subcontratación.
  12. Programar, organizar, coordinar y controlar la operación de bienes muebles e inmuebles; mantención y mejoramiento de la infraestructura y los servicios de apoyo general para el Instituto.
  13. Diseñar, proponer e implementar políticas y procedimientos para mantener actualizados los registros relativos al activo fijo del Instituto.
  14. Coordinar con el/la funcionario/a a cargo de prevención de riesgos, la adquisición y distribución de los materiales de seguridad.
  15. Supervisar, en coordinación con la Unidad de Personas, el cumplimiento de parte de los contratistas que presten servicios al Instituto de las disposiciones legales relativas a la prevención de riesgos y enfermedades profesionales y de la normativa que para este efecto establezca el Instituto.
  16. Dirigir, programar y controlar la distribución y el funcionamiento de los vehículos de la institución.
  17. Dirigir la Oficina de Partes y efectuar un seguimiento sistemático de la correspondencia, incluidas las solicitudes, reclamos y requerimientos, verificando el fiel cumplimiento de los plazos establecidos para las diligencias y consultas, así como aquellas provenientes de otros requirentes, internos y externos al Instituto.
  18. Las demás funciones que le encomiende el/la director/a, dentro de su especialidad.

Áreas: Esta unidad no posee áreas.

  • Unidad de Promoción, Educación y Participación:

Jefatura: Eva Veloso Pérez

Funciones (Resolución Exenta N°121-2020, Art.14):

  1. Implementar una política de difusión del conocimiento de los derechos humanos, favoreciendo su enseñanza en todos los niveles del sistema educacional, incluyendo la formación impartida al interior de las Fuerzas Armadas, y de Orden y Seguridad Pública.
  2. Ejecutar una política de promoción y fortalecimiento de las acciones de capacitación en derechos humanos que realiza el Estado a través de sus distintos órganos y colaborar en el diseño de documentos e instrumentos de promoción institucional.
  3. Elaborar propuestas destinadas a los órganos del Estado para la adopción de medidas que favorezcan la protección y promoción de los derechos humanos a que se refiere el artículo 3º Nº 3 de la Ley.
  4. Implementar una política de fortalecimiento de la educación en derechos humanos en colaboración con organizaciones no gubernamentales, comunidades locales y demás grupos organizados.
  5. Diseñar y desarrollar una política de patrocinio de actos y eventos relativos a la protección, difusión y educación en los derechos humanos.
  6. Impulsar, coordinar y difundir acciones de orden cultural y simbólico destinados a reivindicar a las víctimas y a preservar su memoria histórica.
  7. Diseñar la reglamentación y gestionar la entrega del Premio Nacional de Derechos Humanos, contemplado en el artículo 14° de la Ley.
  8. Desarrollar acciones para destacar y premiar la labor realizada por personas y grupos e instituciones a favor de la protección, difusión y educación de los derechos humanos.
  9. Planificar e implementar estrategias de promoción y difusión ciudadana de derechos humanos y de promoción de la memoria histórica.
  10. Implementar programas de colaboración con universidades, institutos de enseñanza superior, organismos internacionales y organizaciones de la sociedad civil, en el marco de sus funciones de promoción de los derechos humanos.
  11. Realizar toda otra acción tendiente a consolidar una cultura de respeto de los derechos humanos en el país, en los términos establecidos en el artículo 3° N° 9 de la Ley.
  12. Elaborar materiales de difusión y encargarse de la distribución de ellos con las regiones y a nivel central.
  13. Las demás funciones que le encomiende el/la director/a, dentro de su especialidad.

* Diseñar y desarrollar una política de patrocinio de actos y eventos relativos a la protección, difusión y educación en los derechos humanos.

Áreas: Esta unidad no posee áreas