Tribunal sentenció a mayor en retiro de Carabineros a 5 años de libertad vigilada intensiva por dispararle a dos estudiantes dentro de Liceo 7

Los hechos ocurrieron en 2019, en el contexto de una manifestación que se realizaba en el establecimiento por la crisis social. La sede de la Región Metropolitana del INDH actúa como querellante en esta causa.

El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Santiago sentenció al mayor en retiro de Carabineros H.M.T.Z. a la pena de 5 años de presidio, con pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, por el delito de apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes perpetrado el 5 de noviembre de 2019. En el juicio oral se acreditó que el oficial (r) disparó su escopeta antidisturbios dentro del Liceo 7 Teresa Prats de Santiago y lesionó a dos estudiantes adolescentes. Esto, en el contexto de una manifestación que se llevaba a cabo al interior del recinto por la crisis social. La sede de la Región Metropolitana del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) actúa como querellante en esta causa.

De acuerdo con lo señalado por las juezas del tribunal, H.M.T.Z. condujo a la salida a la directora y a algunos docentes del liceo debido a la manifestación de las alumnas. Cuando esa maniobra ya había concluido, el entonces comisario de la Cuarta Comisaría de Santiago, “se devolvió, cargó su arma y efectuó un disparo orientado hacia el suelo”. Los proyectiles alcanzaron en las piernas a dos estudiantes, quienes fueron atendidas con posterioridad en el Hospital de Urgencia Asistencia Pública (HUAP).

Las magistradas concluyeron que la manifestación de ese 5 de noviembre estaba lejos del nivel de agresividad que, según los protocolos, autoriza la utilización de este tipo armamento. “La conducta desplegada excedió lo establecido en todas las normativas que regulan el actuar policial, efectuando un disparo con la escopeta antidisturbios que portaba con munición no letal, en circunstancias que no era aconsejable ni se daban los presupuestos para realizarlo, no solo por las circunstancias de ese momento, sino que por la forma en que efectuó dicho disparo”, se indica.

A ello las juezas suman que el mayor en retiro disparó dentro de un recinto educacional que albergaba sólo a niñas, “circunstancia que el acusado obvió, con lo que además se vulneran las especiales garantías que asisten a los niños, niñas y adolescentes (…) Más allá de las lesiones, lo que determina el ilícito de apremios ilegítimos es que (las estudiantes adolescentes) sufrieron un ataque injustificado, desproporcionado e ilegal, vulnerando su dignidad como personas y seres humanos, por parte de quienes dado el cargo que ostentan están obligados a proteger a todos los habitantes de la República”.

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